Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Evadir el pago de las cesantías puede generar sanciones a una empresa: conozca cuáles

Cumplir con el pago de las cesantías de forma oportuna evitará problemas ante la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), pues pueden llegar altas multas.

dinero plata economia bolsillo blu radio (1).jpg
Blu Radio
Foto: Blu Radio, referencia

Hasta el 14 de febrero las empresas de Colombia deben hacer el pago de las cesantíasal fondo al cual esté afiliado el empleado, pues estas tuvieron que ser liquidadas el 31 de diciembre de 2023. Sin embargo, las compañías que incumplan con esta norma están sujetas a sanciones legales por parte de las entidades que regulan esto.

Primero para entender qué son las cesantías hay que remitirse al Código Sustantivo de Trabajo, que trata de los "beneficios legales" que una empresa debe pagar a un empleado, adicional, al salario que recibe y que estén ligados mediante a un contrato de trabajo; es decir, son una prestación social obligatoria en Colombia, a la que tienen derecho todos los trabajadores que tengan un contrato laboral.

Su cálculo es fácil y debe medirse un mes de salario por cada año trabajo y proporcionalmente por fracción de año; ejemplo: un trabajador con un salario mensual de $1.000.000 que ha trabajado durante todo el año (360 días), tiene derecho a las siguientes cesantías, según explicó Siigo, empresa dedicada este tipo de temas.

  • Cesantías = (1.000.000 x 360) / 360 = 1.000.000.

¿Cuáles son las sanciones por no pagar las cesantías?

Según la ley 50 de 1990, la sanción corresponde a un día de salario por cada día de retraso. Dicha multa se calcula con base en el último salario devengado por el trabajador y se actualiza con la variación del índice de precios al consumidor (IPC).

Mientras que la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) podría imponer multas que ascienden hasta el 200 % del valor de las cesantías no pagadas. No obstante, esto no se hace automático, sino que el empleado debería poner una demanda ante un juez laboral y luego esto será revisado por la Corte Suprema de Justicia y ver si se incumplió o no en esta consignación y seguir con el proceso.

Publicidad

  • Publicidad