
La Superintendencia Financiera fijo en 28,82% la tasa de usura para el trimestre comprendido entre el primero de enero y el 31 de marzo de 2015.
Esta tasa es mayor a la establecida en el trimestre anterior de 28,76%, es decir, que presentó un aumento de 0.06 puntos o 0.06%.
Por otro lado, la tasa de usura para microcrédito sigue en 52.22% efectivo anual, resultado que representa un aumento de 104 puntos básicos (1.04%) para microcrédito, con respecto al periodo anterior. Esta tasa estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2015.
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Es de recordar que incurre en el delito de usura el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.