La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) revocó la libertad condicionada de Kendry Téllez Álvarez, conocido como alias 'Yako', quien es investigado por su presunta participación en el magnicidio del senador Miguel Uribe Turbay. Sin embargo, el compareciente continúa sometido a la justicia transicional, pues la decisión de la Sala de Amnistía o Indulto se fundamentó en el incumplimiento grave de sus obligaciones ante el tribunal.
Según la decisión, Téllez Álvarez permaneció más de 16 meses sin comparecer ante la Jurisdicción ni estar disponible para las autoridades. Además, no mantuvo actualizada la información necesaria para establecer su paradero y no presentó una justificación válida para explicar su prolongada ausencia.
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Por estos hechos, la JEP ordenó revocar el beneficio de libertad condicionada que tenía en relación con un proceso por secuestro extorsivo agravado, cometido durante su pertenencia a las antiguas Farc.
La decisión no significó su expulsión de la Jurisdicción ni se tomó como una declaración de responsabilidad por el magnicidio. La Sala evaluó el incumplimiento de sus deberes como compareciente, mientras que las investigaciones por posibles delitos posteriores al Acuerdo de Paz deben seguir su curso ante las autoridades competentes.
¿Cuáles son los indicios en contra de alias Yako por el magnicidio de Miguel Uribe Turbay?
La Fiscalía investiga a Kendry Téllez Álvarez por su presunta participación en el asesinato de Miguel Uribe Turbay, ocurrido el 7 de junio de 2025 en Bogotá. Entre los elementos incorporados a la investigación se encuentra el testimonio de Simeón Pérez Marroquín, alias 'El Viejo'.
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Según esa declaración, Yako se identificaba como integrante de la Segunda Marquetalia y habría cumplido labores de dirección, inteligencia y logística para preparar el atentado. El testigo también lo señaló de coordinar acciones relacionadas con Katherine Andrea Martínez, quien habría recibido y entregado el arma utilizada por el menor de edad que disparó contra el senador.
Además, aseguró que, después del crimen, Téllez Álvarez habría ordenado trasladar el arma al departamento del Caquetá para ocultarla de las autoridades.
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La Fiscalía también recopiló análisis técnicos de ubicación de teléfonos celulares e información extraída de dispositivos electrónicos. Estos elementos hacen parte de la hipótesis investigativa y sustentaron la orden de captura emitida el 2 de marzo de 2026.
No obstante, la decisión de la JEP no resuelve la responsabilidad penal de Yako por estos hechos. Dicha determinación corresponde a la justicia ordinaria, que deberá establecer su eventual participación en el magnicidio.
Cabe destacar que la captura de alias Yako por su presunta participación en el asesinato de Miguel Uribe Turbay no implicaría automáticamente su expulsión de la JEP, sin embargo, su situación podría volver a ser examinada por la Jurisdicción a partir de los elementos que se conozcan sobre el caso y de las decisiones que adopten las autoridades judiciales.
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La JEP tendría que evaluar si existen fundamentos para determinar un incumplimiento adicional de sus compromisos con el sistema de justicia transicional y si procede una eventual expulsión. Mientras tanto, la investigación penal por el magnicidio debe avanzar ante la justicia ordinaria, sin que su permanencia en la JEP impida que las autoridades competentes hagan efectiva la orden de captura.