En una decisión sin precedentes, la Sala Plena dela Corte Constitucional determinó que sí podrá suspender leyes que estén en marcha, como una medida excepcional, y mientras estudia de fondo las demandas que se hayan presentado en contra de esa norma.
La Corte Constitucional resolvió que, en casos excepcionales y frente a una ley "incompatible con la Constitución que pueda producir efectos irremediables o que lleven a eludir el control de constitucionalidad", el alto tribunal podrá adoptar excepcionales.
"Tales instrumentos de protección y efectividad de la supremacía de la Carta incluyen la posibilidad de fijar los efectos de sus propias providencias, modular sus fallos, los efectos en el tiempo de sus decisiones, el juicio de sustitución y la prelación de asuntos en el orden del día, entre otros”, señaló la decisión.
Y agregó: "En todo caso, en este escenario excepcional, con fundamento en los principios de autorrestricción judicial, democrático y de estado social de derecho, una medida como la señalada deberá considerar unos presupuestos mínimos".
#EXTRA: Nota de prensa de la Sala Plena sobre el expediente D-15.040https://t.co/vmAoadvLfc
— Corte Constitucional (@CConstitucional) March 3, 2023
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