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Corte IDH condena a Colombia por exterminio de la Unión Patriótica

El Estado colombiano deberá entregar informes sobre las medidas que se han tomado para cumplir con la sanción de la Corte IDH.

Unión Patriotica.jpg
Unión Patriótica //
Foto: Twitter Unión Patriótica

En el año 1984, y en medio de los diálogos de paz que se desarrollaban entre el Gobierno de Belisario Betancur y las Farc, surgió el partido de izquierda Unión Patriótica. Desde entonces sus integrantes y simpatizantes fueron víctimas de diferentes delitos: se presentaron amenazas, que llevaron a algunos de ellos al exilio, pero también homicidios y desapariciones, entre otros.

El caso llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que, en la mañana de este lunes, 30 de enero, notificó su sentencia y condenó al Estado colombiano por el exterminio de la Unión Patriótica, señalando que a sus integrantes se les violaron los derechos humanos desde 1984 y por más de 20 años. En total habría más de 6.000 víctimas pertenecientes a la UP.

“La Corte consideró que existen diversos elementos que permiten concluir que en el caso existe una responsabilidad internacional del Estado por incumplimiento de su deber de respetar los derechos humanos de los integrantes y militantes de la UP, aun en las situaciones en las cuales solo se ha podido comprobar una falta al deber de prevención y/o de investigación. En la determinación de la atribución al Estado de los hechos que vulneraron las obligaciones internacionales”, dicta la sentencia.

El Estado colombiano, según la Corte IDH, es responsable por la violación a algunos derechos como la libertad de expresión y libertad política, el derecho a la vida, a la integridad personal y las garantías judiciales; incluso, se determinó que no en todos los casos se investigó de manera eficiente lo sucedido.

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Aunque la Corte manifestó que la sentencia en sí misma es una forma de reparación, también le ordenó al Estado tomar algunas medidas para reparar a las víctimas y evitar que estos hechos se vuelvan a presentar, empezando por implementar una comisión para la constatación de la identidad y parentesco de las víctimas.

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La Corte IDH, además, le ordenó al Estado:

  • Iniciar, impulsar, reabrir y continuar, en un plazo no mayor de dos años, y concluir, en un plazo razonable y con la mayor diligencia, las investigaciones, con el fin de establecer la verdad de los hechos relativos a graves violaciones a los derechos humanos y determinar las responsabilidades penales que pudieran existir.
  • Efectuar una búsqueda para determinar el paradero de las víctimas desaparecidas cuyo destino aún se desconoce.
  • Brindar el tratamiento médico, psicológico, psiquiátrico o psicosocial a las víctimas que así lo soliciten.
  • Realizar las publicaciones y difusiones de la Sentencia y su resumen oficial.
  • Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.
  • Establecer un día nacional en conmemoración de las víctimas de la UP y efectuar actividades para su difusión, entre ellas en escuelas y colegios públicos.
  • Construir un monumento en memoria de las víctimas y de los hechos cometidos en contra de los integrantes, militantes y simpatizantes de la UP.

El Estado colombiano también deberá entregar informes sobre las medidas que se han tomado para cumplir con la sanción y la Corte IDH también hará un seguimiento a lo ordenado.

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