La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena del general (r) Miguel Maza Márquez por los delitos de homicidio y tentativa de homicidio con fines terroristas y concierto para delinquir.
Dicha decisión se da luego de la defensa de Márquez argumentara una violación al derecho fundamental al debido proceso y una vulneración “a sus derechos por cuanto se le debe garantizar el derecho a impugnar la sentencia condenatoria, prerrogativa contemplada literalmente dentro del catálogo de garantías del artículo 29 de la Constitución Política”.
No obstante, luego del estudio de dicha acción de tutela presentada el pasado 30 de marzo, el alto tribunal decidió negar ese recurso asegurando que este tipo de acciones no son procedentes en contra de providencias judiciales: “La jurisprudencia de manera invariable ha señalado que, por regla general la acción de tutela no procede contra providencias judiciales y, por tanto, sólo en forma excepcional resulta viable la prosperidad del amparo para atacar tales decisiones”.
De otra parte, la Corte señaló que como órgano de cierre de la jurisdicción ordinaria no era susceptible a que sus decisiones fuesen revisadas por una instancia superior: “(…) es claro que se definió y quedó consolidada la estructura jerárquica de la administración de justicia en sus distintas ramas especializadas y, por ende, se estableció que por encima de la Sala Penal de esta Corporación no existe un órgano superior”.
Finalmente, para el alto tribunal no queda duda que los motivos expuestos en el fallo condenatorio contra Maza Márquez son lo suficientemente validos judicialmente y “no configura ninguno de los requisitos de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias y, por tanto, no se advierte violación a los derechos fundamentales del demandante”. De esta manera, Maza Márquez agotaría su último recurso para anular su condena.
Recordemos que Maza Márquez fue condenada a 30 años de prisión, el 23 de noviembre de 2016, tras ser hallado culpable de los delitos de Homicidio con fines terroristas cometido en concurso homogéneo y sucesivo en las personas de Luís Carlos Galán Sarmiento, Julio César Peñaloza Sánchez, Santiago Cuervo Jiménez y Pedro Nel Angulo Bonilla.
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