La Corte Suprema de Justicia tumbó la absolución proferida por el Tribunal de Bogotá a favor de ‘Kiko Gómez’. El alto tribunal casó parcialmente la sentencia y concluyó que sí existían pruebas suficientes para responsabilizar al exmandatario por el crimen, por lo que le impuso una pena de 31 años y 8 meses. Además, lo condenó a pagar una multa de 14.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y lo inhabilitó para ejercer funciones públicas durante 120 meses.
La Sala de Casación Penal también dejó en firme la condena por concierto para delinquir agravado y mantuvo la indemnización por perjuicios morales reconocida a favor de Diana Carolina López, hija del concejal asesinado en 1997.
Según la Sala Penal, el Tribunal Superior de Bogotá incurrió en errores al analizar el caso, al omitir pruebas clave como la declaración de la exalcaldesa de Barrancas Yandra Cecilia Brito, quien advirtió sobre el poder de intimidación que ejercía ‘Kiko Gómez’ en la Guajira.
“El fallo fragmentó el acervo probatorio, desarticuló el indicio de móvil político, presencia de plataforma armada disponible, oportunidad funcional del acusado, atribución persistente del homicidio desde círculos diversos, restó alcance al entorno de intimidación que explica la forma de producción de los medios de conocimiento y sobredimensionó una hipótesis alternativa carente de poder explicativo equivalente. También quebró el principio lógico de no contradicción, señaló la Corte Suprema de Justicia", señala el alto tribunal.
En primera instancia, el exgobernador había sido condenado a 40 años de prisión. Sin embargo, el Tribunal de Bogotá lo absolvió por el homicidio del concejal López Peralta y declaró la prescripción de otros dos asesinatos.