¿Cuáles son los alcances del derecho a la libre personalidad en los colegios?
A pesar de ser un derecho fundamental es susceptible a ciertas restricciones.
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El abogado constitucionalista Daniel López explicó en BLU Al Derecho cuáles son los alcances del derecho al libre desarrollo de la personalidad en las instituciones educativas.
Esto a propósito de una reciente sentencia de la Corte Constitucional en la que analiza la situación de una menor de edad que ingresa a las instalaciones del colegio donde está inscrita y, por llevar el cabello tinturado, se le prohíbe el ingreso.
“La Corte Constitucional aprovecha esta situación para reiterar una prolongada jurisprudencia que ha venido construyendo sobre el libre desarrollo de personalidad en menores con ocasión de su proceso de formación en centros educativos”, afirmó.
López explicó que el libre desarrollo de personalidad “es una de las libertades de la esfera interna de los humanos que se encuentra protegida no solo en los adultos, sino incluso en los más pequeños. Resalta que el campo de autonomía de este derecho es progresivo a medida que avanza la edad”.
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“Al ser un derecho fundamental por supuesto que es susceptible a ciertas restricciones, sin embargo, deben justificarse bajo criterios de razonabilidad y proporcionalidad”, precisó.
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Escuche la entrevista completa aquí.
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