Fiscalía no tendrá que pagar millonaria indemnización a Jesús Amado Sarria
El Consejo de Estado le negó a Sarria una indemnización por más de 2.300 millones de pesos.
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El Consejo de Estado negó el pago de una indemnización a Jesús Amado Sarria, más conocido como ‘Chucho Sarria’, quien estuvo casado con Elizabeth Montoya, conocida como 'La Monita Retrechera'.
Sarria pretendía el pago de más de 2.300 millones de pesos por la incautación de una de sus fincas conocida como ‘Praga’ o ‘La Ximena’.
Dicho predio fue incautado en marzo de 1996 por la Fiscalía y puesta a disposición de la Fundación para la defensa de los animales de Santiago de Cali.
Sin embargo, años después fue presentada una acción de reparación directa por el estado en que fue entregado el inmueble, teniendo en cuenta que para 1990 estaba vigente el matrimonio entre la ‘Monita Retrechera’ y Sarria.
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No obstante, para la Sección Tercera del Consejo de Estado, la Fiscalía no realizó una incautación irregular ni adoptó en este caso decisiones sin el cumplimiento de los requisitos legales. Por el contrario, dicha acción se dio en cumplimiento a una acción de extinción de dominio “pues existían serios motivos para inferir que su origen estuvo relacionado con la comisión del delito de enriquecimiento ilícito por actividades provenientes del narcotráfico”.
Finalmente, el alto tribunal señala que fue Jesús Amado Sarria, con su conducta, fue quien dio origen a la extinción de dominio de este predio, ya que estuvo inmerso en varios procesos por narcotráfico.
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Este es el comunicado:
El Consejo de Estado negó una indemnización por más de $2.300’440.000 que pretendía obtener Jesús Amado Sarria Agredo y su familia, por la ocupación e incautación de una finca cuando fue procesado por enriquecimiento ilícito y narcotráfico.
La finca “Praga o La Ximena”, ubicada cerca al municipio de Dagua (Valle del Cauca), fue incautada por la Fiscalía en marzo de 1996 a la entonces esposa de Sarria Agredo, Elizabeth Montoya, y dejada a disposición de la Dirección de Estupefacientes que a su vez la destinó a la “Fundación para la defensa de los animales de Santiago de Cali”.
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Al presentar una acción de reparación directa por el estado en que fue entregado el inmueble, la familia de Elizabeth Montoya, quien falleció en febrero de 1996, argumentó que ella adquirió el predio en marzo de 1980, según consta en el certificado de tradición, y que lo hizo con recursos propios teniendo en cuenta que el matrimonio con Jesús Amado Sarria se celebró en 1982.
Sin embargo en la investigación se determinó que de acuerdo con la escritura pública, el inmueble fue comprado por la señora Montoya en marzo de 1990, cuando estaba vigente su sociedad conyugal.
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Para la Sección Tercera del Consejo de Estado, contrario a lo dicho por los demandantes, la Fiscalía no realizó una incautación irregular ni adoptó en este caso decisiones sin el cumplimiento de los requisitos legales.
“La orden consistente en adelantar la correspondiente acción de extinción de dominio contra el predio cumplió a cabalidad el ejercicio de la función constitucional y legal dispuesta para el efecto, pues existían serios motivos para inferir que su origen estuvo relacionado con la comisión del delito de enriquecimiento ilícito por actividades provenientes del narcotráfico”, precisó la Corporación con ponencia de la consejera Marta Nubia Velásquez Rico.
El Consejo de Estado señaló igualmente que aunque el señor Sarria Agredo fue absuelto de los delitos de enriquecimiento ilícito y narcotráfico, la acción de extinción de dominio es independiente y autónoma del proceso penal.
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“Se tiene que las diligencias que se adelantaron por parte de la Fiscalía respecto del aludido bien inmueble, en las condiciones estudiadas, constituyeron una carga jurídica que la parte actora estaba en la legítima obligación de soportar, dadas las circunstancias propias del caso, sin olvidar que el ahora demandante -Jesús Amado Sarria- con su conducta, fue quien dio origen a la extinción de dominio en su contra”, concluyó la providencia.
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