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JEP rechaza a Andrés Vélez Franco, condenado por falso testimonio contra Nancy Patricia Gutiérrez

Vélez entregó a la JEP una lista de hechos sobre los que él aportaría verdad, pero la justicia transicional consideró que no son de su conocimiento o pueden ser falsos.

329482_BLU Radio, JEP / foto: Twitter @JEP_Colombia
BLU Radio, JEP / foto: Twitter @JEP_Colombia

La JEP negó el sometimiento de Andrés de Jesús Vélez Franco, quien fue condenado por falso testimonio contra Nancy Patricia Gutiérrez, exministra del Interior durante el Gobierno de Iván Duque y quien también ha sido congresista; además, Vélez ya tenía una condena por lavado de activos, pues pertenecía a una organización internacional que se dedicaba al lavado de dinero producto del tráfico de estupefacientes.

En el caso de Nancy Patricia Gutiérrez, Vélez la señaló ante la Corte Suprema de Justiciade supuestos vínculos con las Autodefensas, con el objetivo de impulsar su campaña hacia el Congreso en el año 2002; sin embargo, la información que él aportó y por la cual se le abrió una investigación a Gutiérrez terminó siendo falsa.

Frente a su otro proceso en la justicia ordinaria se probó que "formaba parte de una red internacional que manejaba operaciones financieras y alianzas con diferentes empresas y personas naturales que aparentaban tener por objeto actividades comerciales lícitas, para introducir en el torrente económico los dineros obtenidos del tráfico de estupefacientes. De esta manera ingresaron abundantes flujos de divisas al país, que eran giradas a supuestos proveedores, quienes se encargaban de enviarlas a terceras personas o “brokers”, que entregaban o dirigían el dinero a sus verdaderos propietarios. Adicionalmente, se estableció que monetizaban divisas para las Autodefensas Unidas de Colombia -AUC", según reveló la justicia en su momento.

Las conductas por las que fue condenado, según determinó la JEP, pudieron tener una incidencia indirecta en el conflicto armado, pues, aunque Vélez no era paramilitar, sí se pudo comprobar que tuvo contactos en diferentes ocasiones con las Autodefensas. En este sentido, él pudo haber sido aceptado como un tercero civil; sin embargo, cuando él se refirió a la información sobre la que aportaría verdad se pudo comprobar que algunos de los hechos que relacionó eran imprecisos o no eran de su conocimiento.

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"Aunque el señor Vélez Franco, por medio de su apoderado, manifestó conocer información sobre la financiación, operación y actividades ilícitas desarrolladas por el Bloque Centauros de las AUC, además de homicidios, extorsiones, despojo de tierras, testaferrato y masacres, lo que de ser cierto permitiría develar patrones de macrocriminalidad y macrovictimización realizados en los departamentos de Meta, Guaviare, Casanare, Tolima y Cundinamarca, no existen en las piezas procesales allegadas de la justicia ordinaria elementos probatorios que indiquen que tuviera acceso a esa clase de información, pues no pertenecía a ese grupo armado ilegal". explicó la JEP.

Después de ello se refieren a otros datos sobre los cuales Vélez señaló que tenía conocimiento, pero que, al parecer, no son veraces. Por esto la JEP determinó que no tiene la competencia para asumir los casos por los cuales él ha sido condenado y, de esta manera, decidieron rechazar su sometimiento ni concederle ninguno de los beneficios a los que pueden acceder quienes se someten a la justicia transicional.

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