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La historia de la medida de aseguramiento de la Fiscalía contra Aníbal Gaviria

Llama la atención que la investigación durmió “el sueño de los justos” en los anaqueles de la Fiscalía en Medellín desde el 2011.

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En un documento de 123 páginas firmado por el fiscal primero delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Jorge Hernán Díaz, un respetado jurista que aspira a ingresar a la Sala Penal de ese alto tribunal, quedaron plasmados los argumentos de la Fiscalía para dictar medida de aseguramiento contra el suspendido gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria Correa, como presunto responsable de dos delitos contra la administración pública.

Lo primero que llama la atención es que la investigación durmió “el sueño de los justos” en los anaqueles de la Fiscalía en Medellín desde el 2011, cuando la Contraloría de Antioquia entregó un completo informe con los hallazgos de las presuntas irregularidades en el contrato y los dos otrosí para la pavimentación de la Troncal de La Paz, hasta el segundo semestre de 2018, cuando finalmente, siete años después, desde la seccional decidieron enviar el caso de Aníbal Gaviria al búnker de la Fiscalía, en donde se decidió llamarlo a indagatoria el cinco de noviembre de 2019, es decir, dos meses antes de la designación de Francisco Barbosa como Fiscal general de la Nación.

Lea también: Aníbal Gaviria pedirá a Corte Suprema que anule medida de aseguramiento en su contra

Finalmente, luego de varias solicitudes de aplazamiento de su abogado, Aníbal Gaviria rindió indagatoria de manera virtual, en plena pandemia, el pasado 16 de abril, como presunto responsable de celebración de contratos sin requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros.

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La historia del contrato

Según el relato de la Fiscalía, Aníbal Gaviria delegó en la Secretaria de Infraestructura Física para la Integración y Desarrollo de Antioquia, la celebración del contrato 2005-CO-20-335, que fue firmado el 22 de diciembre de 2005 para “mejoramiento y pavimentación de la Troncal de la Paz tramo La Cruzada – Caucasia, sector Nuevo Oriente Escarralao”, por valor de 41.663 millones de pesos.

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De acuerdo con los investigadores, el departamento de Antioquia pagó tres anticipos al consorcio Troncal de La Paz por un valor cercano a los 6.000 millones de pesos sin que se hubiera aprobado la garantía que debía amparar los riesgos, un requisito fundamental en la contratación pública.

Las pruebas que se tuvieron en cuenta

Se practicaron inspecciones en Procuraduría, Contraloría, Gobernación de Antioquia y el Consorcio Troncal de la Paz.

Se recibieron testimonios de:

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Ramiro Vélez, coordinador de la Auditoría Especial de la Contraloría

Funcionarios de la Secretaría de Infraestructura Física:

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Mauricio Restrepo

Jorge Ignacio Montoya

Margarita María Angel, quien firmó el contrato en discusión

Wilson Herrón Durán

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Juan Fernando Franco

Edir Amparo Graciano

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Nadia Maryori Maya Lopera

De la firma interventora DIN-SEDIC

Carlos Alberto Valderrama Palacio

Juan Diego Londoño

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Elías Correa Villa

Andrés Londoño

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Miembros del Constructor Consorcio Troncal de la Paz

Luis Fernando Solarte Viveros (representante legal)

Carlos Alberto Solarte (consorciado)

Paola Solarte (interviniente en algunos episodios)

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Ignacio Narváez Mora.

¿Qué se le sindica a Aníbal Gaviria?

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Según la Fiscalía, Aníbal Gaviria habría sido el determinador de dos delitos por hechos ocurridos entre 2005 y 2007 con ocasión de la celebración por ante persona delegada de su administración, el contrato principal y tramitado y celebrado dos contratos adicionales , el primero por valor de 3.995 millones de pesos y el segundo por 16.334 millones de pesos, “así como por apropiarse en favor de los contratistas de una suma de dinero correspondiente a los anticipos, en suma aproximada de seis mil millones de pesos”.

¿Qué dijo Aníbal Gaviria ante la Fiscalía?

Básicamente, el gobernador Aníbal Gaviria explicó ante la Fiscalía que no había firmado los contratos que están en la mira de las autoridades y explica que la gobernación de Antioquia creó desde 2002 un comité de asesoría en contratación.

“Contó de la imposibilidad para que una sola persona, el gobernador, haga el control debido en la forma que debe hacerse y que yo entiendo y no solo acepto, sino que busco”.

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Margarita María Angel Bernal, la secretaria de Infraestructura de su administración, quien suscribió el contrato, es una ingeniera civil muy reconocida que laboró en el metro de Medellín como jefe de operaciones, según dijo Gaviria ante la Fiscalía.

Vea también: Fiscalía investigará a Luis Alfredo Ramos y a Sergio Fajardo por caso de Aníbal Gaviria

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Agregó que “no conoce detalles del origen del OTROSI N 1 que identificó como la necesidad de entregar en menor tiempo la obra aumentando el monto del anticipo. Esto es un tema de la secretaría respectiva y del comité de contratación”.

Frente a la imputación fáctica y jurídica manifestó no estar de acuerdo y la controvierte con los documentos aportados. No suscribió el contrato ni los otrosí o adiciones, quien lo hizo fue la secretaria de Infraestructura en ejercicio de una delegación que no le impidió hacer un análisis y una vigilancia a través y con el comité. “Le parece exótico que se le imputen esos delitos luego de demostrar que no suscribió ni direccionó los contratos”.

“Más exótico le resulta lo del peculado porque está comprobado que el anticipo se amortizó en el 100% y demuestra con circulares del Departamento de Planeación Nacional y de la Contraloría General de la República”, se lee en el documento.

Agregó que “su actuación fue transparente y limpia, demostrada con los documentos presentados, la de los funcionarios de la Secretaría estuvo ajustada a derecho, con eficiencia, economía, transparencia y el resultado final de la Troncal de La Paz fue exitoso, ejemplar”.

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¿Aníbal Gaviria podía delegar la firma de los contratos?

“La delegación entendida como una de las formas de modulación de la centralización, permite a las autoridades transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias, sin que implique el desprendimiento del poder, como quiera que el delegatario las ejerce a nombre del delegante”, dice la ley 489 de 1998.

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Ley 80 de 1993: “En ningún caso, los jefes y representantes legales de las entidades estatales quedarán exonerados por virtud de la delegación de sus deberes de control y vigilancia de la actividad precontractual y contractual”.

“La secretaria de Infraestructura física para la integración y desarrollo de Antioquia fue la funcionaria que ejerciendo delegación del gobernador de Antioquia – y por tanto en su nombre – celebró el contrato principal 2005-C0-20-335, las modificaciones y los contratos adicionales que son motivo de esta investigación”.

“Su obvia condición de representante legal del departamento, ordenador del gasto, titular de la función contractual y delegante, le imponían al mandatario, al señor Gaviria Correa, obligaciones de coordinar, dirigir, vigilar y controlar las funciones delegadas y el cumplimiento de las exigencias legales, muy a pesar que hasta el seguimiento y control a la delegación lo hiciera a través del comité asesor de contratación”.

Calificación de contrato sin cumplimiento de requisitos legales

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“Refulge evidente que por su ilustración y poder económico el procesado es persona con alta distinción tanto regional como nacionalmente, lo cual le imponía, cual más, en su calidad de gobernador, un apego irrestricto a los valores y fines constitucionales y al ordenamiento jurídico”.

Uno de los sustentos jurídicos es la sentencia de 2014 de la Corte Suprema de Justicia en la que fue condenado el exministro Andrés Felipe Arias por Agro Ingreso Seguro, en relación con el principio de selección objetiva del contratista.

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Celebración indebida de contratos

1 – Mediante resolución 138000 del 14 de octubre de 2005, el entonces gobernador de Antioquia Anibal Gaviria Correa ordenó la apertura del proceso licitatorio 20-20-2005 para contratar el mejoramiento y pavimentación de la Troncal de la Paz. Delegó en la secretaria de Infraestructura Física el proceso de selección, adjudicación y contratación correspondiente.

Al proceso se presentaron seis propuestas, de acuerdo con acta de apertura de 11 de noviembre de 2005.

Consorcio Troncal de La Paz – Luis Héctor y Carlos Alberto Solarte

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Consorcio Vías Antioquia – Incoequipos y Gisaico

Consorcio Nuevo Oriente – Ingevías, Pavimentar, Trainco y Megaproyectos

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Construcciones el Cóndor

ESTYMA

Consorcio CP (Concretos S.A y Procopal S.A)

El 22 de diciembre Margarita María Angel celebró el contrato por 41.663 millones de pesos.

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“De acuerdo con la información obtenida en los archivos de la Gobernación de Antioquia, el 28 de diciembre de 2005 se pagó el anticipo por valor de 10.375 millones de pesos al parecer ignorando el requisito legal de la aprobación de la garantía”.

El 2 de febrero de 2006 en Caucasia se reunieron Aníbal Gaviria en su condición de gobernador y la secretaria de infraestructura física con Fernando González Villa, representante legal suplente de la interventoría y Luis Fernando Solarte Viveros, representante legal del Consorcio Troncal de La Paz, para suscribir acta de iniciación del contrato.

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La posible responsabilidad de Aníbal Gaviria en irregularidades en contratación

- Incremento del anticipo del 25 al 29% del valor básico del contrato

No existe un estudio o una consideración que valide esta decisión. Cuando se dieron a conocer las condiciones en las que ofertaban los interesados, la administración departamental hizo público que el anticipo, aquellos recursos públicos con los que solventarían los gastos iniciales del contrato, serían solo del 25 por ciento. Pero frente a esta conducta que no parece orientada por el interés general, luego de la resolución de adjudicación de la licitación pública, en el acto de suscripción del contrato, la administración departamental varió inexplicadamente esta condición.

Ese porcentaje incide en la decisión de quienes se presentan como oferentes, porque entre menos recursos se entreguen a título de anticipo, saben que es mayor el capital con el que deben contar para asumir los gastos iniciales de un contrato.

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El abogado de Gaviria dijo que era un error de mecanografía, pero la Fiscalía dice que no. La diferencia fue 4 por ciento de 35.307 millones de pesos, es decir que le entregaron 1.412 millones de pesos adicionales al consorcio.

Conozca más: Hay que enfocarse en la justicia y no en hacer show: Aníbal Gaviria al fiscal general

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Quien ejerció la delegación de suscribir el contrato en nombre del delegante gobernador no verificó los requisitos legales esenciales señalados para la fase contractual, se violó la transparencia en las reglas con que se seleccionó al contratista, hubo deslealtad con quienes participaron e irresponsabilidad de los servidores comprometidos.

Giraron la plata sin que hubieran constituido la garantía

Le entregaron al consorcio 10.239 millones de pesos del anticipo sin que se hubiera constituido la garantía que había sido adquirida con Seguros del Estado el 23 de diciembre de 2005.

Ahí se constituye contrato sin requisitos legales, imputado a Aníbal Gaviria como representante legal del departamento, era el titular de la ordenación de gasto.

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- En la adición número 1 para ampliar el objeto del contrato y adicionar 3.995 millones de pesos.

“No se encontró soporte alguno que diera cuenta de la obra física cuya ejecución requería ejecutarse por vía de adición y menos, del fundamento que permitió hacer su estimación en 3.140 millones de pesos.

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“La precaria planeación parece más una aventura que la expresión responsable de servidores públicos a quienes les es exigible sobremanera el apego a la legalidad”.

“Resulta sumamente llamativo que 11 meses antes de vencerse el plazo contractual fijado en 26 meses, la administración departamental liderada por Aníbal Gaviria Correa concluyera que era necesario garantizar el pago de mayores cantidades de obra cuando no se puso de presente un balance a partir del cual establecer o aproximar una solución semejante”.

Hubo un incremento injustificado en el valor de la obra de 3.995 millones de pesos.

“No hubo una debida planeación, un estudio de conveniencia y oportunidad sin seriedad, sin profundidad, sin especificidad pero usado como el fundamento para la decisión caprichosa de la administración representada legalmente por Aníbal Gaviria Correa de celebrar este negocio jurídico con el cual se impuso el particular interés para sumar recursos a un contrato sin razón suficiente, desconociendo los principios de la función administrativa y de la contratación estatal”.

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- Otrosí N 2 del 27 de diciembre de 2007

“Se modificó el alcance físico de la obra inicial agregando algo nuevo al objeto inicial: los accesos a las cabeceras municipales de El Bagre y Zaragoza, sin especificar si se trataba de una rectificación, de un trazado nuevo, de una habilitación, una pavimentación o cuál iba a ser la intervención”.

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“No se contemplaron el diseño ni la construcción de un puente sobre el río Nechí lo que evidentemente varió el objeto contractual, involucró para el contratista nuevas obligaciones y conllevó la inclusión de nuevos ítems”.

“Una obra que no guardaba relación con el mantenimiento y pavimentación que constituía el objeto de contrato que vinculaba a las partes, a no dudarlo funda un contrato adicional frente al cual debió agotarse todo el proceso para su tramitación y celebración, el cual esquivó con su proceder la administración departamental de Antioquia”.

“Se ha probado que no hubo preparación ni proceso de selección de un consultor, sino que tal parece, decidida ya no la pavimentación del acceso vial a la cabecera municipal de El Bagre sino su conexión con la Troncal de La Paz desde mayo de 2007, sin estudios serios, responsables, violando los principios de economía, transparencia, selección objetiva, publicidad e igualdad, la administración de Antioquia a cuya cabeza estaba el gobernador Aníbal Gaviria adelantó conversaciones con el Consorcio Troncal de la Paz en orden a acordar precios”

“La administración de Aníbal Gaviria Correa desconoció los principios de la contratación estatal que, como se advirtió, constituyen requisitos legales esenciales, no hizo pública la decisión de contratar la consultoría para los estudios, ni la de elegir el constructor, imponiendo su voluntad contra derecho y adicionando estos objetos al contrato inicial a pesar de que con ello modificaba el alcance físico de la obra ya contratada”

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En el contrato inicial no existía el puente sobre el río Nechí, no se hicieron diseños. Wilson Herrón Durán dijo que en una tarde había hecho cálculos y diseños del puente.

Se hizo entrega del anticipo de 6.980 millones de pesos, el 50 por ciento del valor del contrato, sin que se hubieran constituido las garantías.

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La responsabilidad de Aníbal Gaviria en contrato sin cumplimiento de requisitos legales

Los testimonios:

José Ignacio Narváez, del Consorcio, le dijo a la Fiscalía:

“Lo volví a ver en la pavimentación de la Troncal de La Paz y que yo me acuerde fue una vez, revisó el avance, el cronograma, cuántas máquinas teníamos, frentes de trabajo. Una vez para el inicio del proyecto, fue en alguna abscisa del proyecto y otra visita que recuerde yo, cuando la obra de la pavimentación iba avanzada en un 50% más o menos”.

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“El gobernador Gaviria no era ajeno entonces a la evolución de la ejecución del contrato porque, apegado a su talante, visitó al menos en dos ocasiones el terreno donde se localizaban las obras de la troncal de la paz, una de ellas, cuando la pavimentación había avanzado más o menos en un 50%”

- El Gobernador Aníbal Gaviria llamó al ingeniero Wilson Herrán Durán, según su testimonio “creo que una vez por teléfono me llamó el gobernador Aníbal Gaviria a preguntarme por teléfono, porque la alternativa para darle comunicación a El Bagrem la mejor era construir el puente sobre el río Nechí”. “Cuando el gobernador me habló yo le dije eso, eso fue como en octubre, realmente no me acuerdo”.

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“Después de la llamada del gobernador de Antioquia de ese entonces, Aníbal Gaviria, que me solicitó los argumentos que estaba expresando sobre la conveniencia de la construcción del puente en mención, fue que me di cuenta que decidieron por la alternativa de construir un puente nuevo sobre el río Nechí”.

Luis Fernando Solarte y Diego Londoño le dijeron a la Fiscalía que Aníbal Gaviria asistía a reuniones y comités técnicos de la Troncal de La Paz y cuando se socializó el proyecto para construir el puente sobre el río Nechí”.

“La conducta del gobernador no fue pasiva, esperando solamente la rendición de informes, sino que él mismo participaba en reuniones y comités técnicos de las obras de mejoramiento y pavimentación de la Troncal de La Paz, socializó con la comunidad beneficiada el propósito de construcción del puente sobre el río Nechí y llamó a sus colaboradores pidiendo argumentos sobre conveniencia de construirlo como alternativa de conexión”

“Entonces no es cierta su ajenidad, sino que su participación en la decisión de contratara el diseño y construcción de puente sobre el río Nechí adoptada al parecer para la época de octubre de 2007 fue activa y claro, se trataba ni más ni menos que del gobernador”.

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“Esa voluntad de llevar adelante la contratación a toda costa quedó en evidencia con aquella entrega del primer anticipo sin aprobación aparente de garantías, en la decisión de adicionar el contrato sin las debidas justificaciones ni soportes técnicos, compiladas en el otrosí 1 y en la ampliación del objeto inicial del contrato a la de realizar una obra que desde ningún punto de vista jurídico o técnico era compatible con aquel, esto es, la construcción del puente sobre el río Nechí, para cumplir de esa manera el designio del gobernador, sin planeación atendible, sin verdaderos estudios de viabilidad técnica ni financiera, sin diseños”.

- Peculado por apropiación en favor de terceros

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- Aumento del anticipo del 25 al 29 por ciento

El anticipo se invirtió en asuntos diferentes a los que estaba previsto.

¿Por qué la Fiscalía le dictó medida de aseguramiento con casa por cárcel?

“Si bien es cierto desde la época de los hechos hasta la presente ha transcurrido un lapso de tiempo considerable que no otorgaría lógica a la imposición de una medida privativa de la libertad, también lo es que no puede pasarse inadvertido que hoy, Aníbal Gaviria Correa nuevamente ocupa el cargo de Gobernador electo de su departamento”, dice la Fiscalía.

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“Si como lo aseguró en su indagatoria es del pensamiento que el Comité Asesor de Contratación es el mecanismo para controlar y vigilar la delegación para contratar para contratar y que entre sus funciones no está la de vigilar la inversión del anticipo de ningún contrato, es su postura la que pudiera significar que será un peligro para la comunidad, porque subsiste la posibilidad de que se repitan situaciones semejantes”.

“La protección a la comunidad que se pretende con la medida de aseguramiento, se afinca, en definitiva, sobre la necesidad de resguardar los intereses de la sociedad en cuanto espera de los gobernantes un manejo pulcro, transparente, responsable de los dineros públicos”.

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- Obstrucción al debido proceso

La prueba no corre riesgo porque ya fue recogida casi en su totalidad.

“En todo caso, la ascendencia del señor Gaviria Correa en el territorio antioqueño puede significar, con mucha posibilidad, que se ejerzan presiones respecto de testigos o para el normal tránsito de la actuación procesal que se adelanta en ese territorio respecto de los no aforado.

Escuche la noticia completa con Ricardo Ospina en Meridiano BLU:

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