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Gobierno frena ‘abuso’ muy común con fotomultas: nueva regla involucra a agentes de tránsito

La medida busca evitar se impongan comparendos sin que exista el control en vía que corresponde.

Multas en Colombia
Las multas por exceso de velocidad en Colombia son costosas
Foto: Dirección de Tránsito y Getty - Montaje Blu Radio

Los vehículos 'caza fotomultas' que son utilizados para detectar infracciones en las calles tendrán que ajustarse a una nueva regla del Gobierno de Abelardo De La Espriella, debido a que cuando funcionen como herramienta de apoyo al control de un agente de tránsito, el funcionario deberá estar presente, visible e identificado y será quien opere directamente el equipo y expida el comparendo.

La disposición busca ponerle límites a una práctica que el Ministerio de Transporte calificó como un abuso asociado a los llamados ‘carros cazafotomultas’.

¿Qué cambia para los conductores?

El principal cambio está en que ya no se podrá tratar de la misma manera una cámara utilizada por un agente durante un procedimiento de control y un sistema que detecta infracciones de forma completamente automática.

Si el vehículo y su dispositivo tecnológico hacen parte del control que se desarrolla directamente en la vía, el agente de tránsito deberá acompañar la operación. No se trata solamente de que exista una cámara instalada en el vehículo: el funcionario debe estar presente y operar el equipo.

La medida busca evitar que estos automóviles sean utilizados para registrar infracciones sin que exista el control en vía que corresponde a esta modalidad.

Cámaras de fotomultas en Bogotá
Las cámaras de fotomultas deben estár debidamente señalizadas.
Foto: Movilidad Bogotá

¿Cuándo puede funcionar una cámara sin agente?

La resolución contempla otra situación. Un dispositivo puede detectar una infracción automáticamente y generar posteriormente el comparendo, pero en ese caso ya no se considera simplemente una herramienta de apoyo al agente, como lo son las cámaras de fotomultas.

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Para operar bajo esta modalidad, el sistema debe tener autorización previa de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y cumplir las condiciones establecidas para los sistemas de fotodetección, lo que incluye, entre otros aspectos, una justificación técnica, la operación en un punto autorizado y señalización visible.

Por tanto, la nueva disposición no establece que todas las cámaras de tránsito tengan que estar acompañadas permanentemente por un agente. Lo que hace es definir qué requisitos corresponden según la manera en que se utilice la tecnología.

Cámaras de fotomultas de tránsito
La verificación de multas de tránsito en Colombia por internet es una herramienta valiosa.
Foto: Movilidad Bogotá

¿Por qué el Gobierno hizo este cambio?

El ministerio considera que una decisión del Gobierno anterior terminó generando confusión al establecer requisitos que no estaban contemplados en la ley y al mezclar dos mecanismos diferentes: la fotodetección automática y los dispositivos tecnológicos empleados como apoyo de los agentes de tránsito.

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La ministra de Transporte, Elsa Noguera, aseguró que las medidas fueron adoptadas siguiendo la instrucción del presidente Abelardo De La Espriella de ponerle freno a los abusos relacionados con los ‘carros cazafotomultas’.

La funcionaria sostuvo que el propósito del control debe ser preventivo y que la tecnología debe contribuir a la seguridad vial.

“Hemos tomado estas acciones siguiendo la instrucción que nos dio el presidente Abelardo De La Espriella de ponerle freno a los abusos asociados al uso de los ‘carros cazafotomultas’. El Presidente ha sido claro: las fotomultas deben servir para salvar vidas, no para hacer negocios con los ciudadanos”, afirmó la ministra de Transporte, Elsa Noguera.

Presidente Abelardo De La Espriella
Presidente Abelardo De La Espriella.
Foto: Presidencia

¿Qué pasará con los comparendos que no cumplan la regla?

El cambio también contempla controles sobre las sanciones que sean generadas mediante estos vehículos.

El Ministerio de Transporte instruyó al SIMIT para que no registre las órdenes de comparendo producidas mediante estos sistemas cuando no se hayan cumplido las condiciones exigidas para su utilización.

Además, la Superintendencia de Transporte vigilará el cumplimiento de la medida y podrá investigar a las autoridades de tránsito que utilicen los dispositivos de manera irregular.

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