Los propietarios de carros híbridos en Colombia pueden acceder a beneficios tributarios que permiten excluir el IVA de la compra y, en determinados casos, solicitar la devolución del impuesto que ya fue pagado al concesionario. La posibilidad está contemplada en la ley 1715 de 2014 y la DIAN aclaró en 2026 cómo funciona el procedimiento cuando el vehículo fue facturado inicialmente con IVA.
El trámite tiene un requisito fundamental: el vehículo debe contar con la certificación de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), entidad adscrita al Ministerio de Minas y Energía y encargada de evaluar que los vehículos cumplan las condiciones técnicas necesarias para acceder a los incentivos.
La propia UPME tiene actualmente un sistema en línea para solicitar este certificado y especifica que los vehículos híbridos que pueden acceder al beneficio son los de tecnología HEV y PHEV. Los híbridos MHEV, conocidos como híbridos ligeros o mild hybrid, están excluidos.
¿Qué carros híbridos pueden acceder al beneficio?
No basta con que un vehículo sea promocionado comercialmente como “híbrido”. La clasificación tecnológica es determinante para el trámite.
- Los HEV (Hybrid Electric Vehicle) son híbridos convencionales o completos. Tienen un motor de combustión y uno eléctrico y pueden utilizar la energía recuperada durante la conducción para mover el vehículo con apoyo eléctrico, sin necesidad de conectarse a un cargador externo.
- Los PHEV (Plug-in Hybrid Electric Vehicle) también combinan motores de combustión y eléctricos, pero cuentan con una batería que puede cargarse conectando el vehículo a una fuente externa.
La UPME incluye ambas tecnologías dentro de los vehículos híbridos que pueden solicitar el certificado. En cambio, los MHEV no pueden acceder a estos incentivos tributarios.
La entidad también aclara que el beneficio para vehículos aplica a automóviles, camperos, motos y camionetas HEV o PHEV, y que el certificado corresponde a vehículos nuevos. Los usados no pueden obtenerlo y el solicitante debe ser el primer propietario.
¿Cuánto IVA se puede recuperar por un carro híbrido?
La tarifa de IVA para estos vehículos es del 5 %, pero para calcular cuánto impuesto está incluido en un precio final hay que tener en cuenta que el valor publicado por el concesionario normalmente ya incluye el IVA.
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Por ejemplo, Toyota Colombia publicó el Yaris HB HEV XL desde $89,9 millones. Es un vehículo híbrido completo y su ficha comercial utiliza expresamente la denominación HEV. El precio corresponde a una referencia publicada para julio de 2026 e incluye los impuestos aplicables.
Para conocer cuánto IVA está contenido en un precio final con una tarifa del 5 %, la cuenta es: $89.900.000 ÷ 1,05 = $85.619.048
Después se resta ese valor al precio final: $89.900.000 - $85.619.048 = $4.280.952
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Por lo tanto, en este ejemplo, el IVA incluido en el precio del Yaris sería de aproximadamente $4,28 millones. Es una cifra de referencia para entender el beneficio y no significa que todos los compradores del modelo puedan reclamar automáticamente ese dinero.
¿Y cuánto podría recuperar el dueño de un híbrido de lujo?
Por ejemplo, el BMW XM, un híbrido enchufable de altas prestaciones, fue presentado en Colombia con un precio de $990,9 millones. El modelo utiliza un sistema que combina un motor V8 de gasolina con uno eléctrico y cuenta con una batería de 25,7 kWh.
Tomando ese precio únicamente como ejercicio para dimensionar el beneficio: $990.900.000 ÷ 1,05 = $943.714.286 La diferencia entre ambos valores sería: $47.185.714 Es decir, el IVA contenido en ese precio de referencia equivaldría a unos $47,2 millones.
Estos ejemplos muestran por qué el valor del beneficio puede cambiar ampliamente dependiendo del vehículo. Sin embargo, no debe interpretarse que la DIAN devolverá automáticamente $4,28 millones por un Yaris o $47,2 millones por un BMW XM. La devolución depende de que el propietario cumpla las condiciones establecidas en la normativa y obtenga el certificado correspondiente.
¿Qué es la UPME y por qué es necesaria para devolver el IVA?
La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) es una entidad adscrita al Ministerio de Minas y Energía que, entre otras funciones, evalúa las solicitudes relacionadas con los incentivos tributarios para tecnologías de movilidad eléctrica e híbrida.
En este caso, la UPME verifica que el vehículo corresponda a una de las tecnologías que pueden acceder al incentivo y expide el certificado requerido para continuar el procedimiento tributario.
La entidad tiene habilitado un trámite completamente en línea. Para 2026, la recepción de solicitudes está abierta entre el 1 de febrero y el 15 de diciembre.
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Paso a paso para solicitar el certificado UPME
- Verificar que el vehículo sea elegible: Primero se debe comprobar que el carro sea nuevo y corresponda a una de las tecnologías admitidas: HEV o PHEV.
Si se trata de un MHEV, no podrá acceder al incentivo. La UPME también exige que el solicitante sea el primer propietario del vehículo. - Crear una cuenta en la plataforma de la UPME: El propietario debe registrarse en el Sistema Único de Usuarios (SUU) de la UPME. La entidad establece que este es el canal para realizar la solicitud y que no se requieren intermediarios.
- Crear la solicitud de incentivos para el vehículo: Una vez dentro de la plataforma se debe habilitar el módulo correspondiente a incentivos tributarios para vehículos eléctricos e híbridos y crear un nuevo caso.
La UPME solicita información relacionada con el vehículo, incluida la marca, el modelo o referencia y su tecnología de hibridación. - Pagar la tarifa del trámite: El solicitante debe realizar el pago correspondiente a la evaluación de la solicitud dentro de la plataforma. La UPME señala que el pago se realiza mediante PSE y recomienda conservar el soporte.
- Esperar la evaluación y obtener el certificado: Después de radicar la información, la UPME evalúa la solicitud. Si el vehículo cumple las condiciones, se expide el certificado que permite continuar el proceso para acceder a los incentivos tributarios.
La entidad aclara que ella no realiza directamente la devolución del IVA: su función es certificar el vehículo para que el propietario pueda continuar el trámite ante la DIAN.
¿Qué documentos necesita para pedir la devolución del IVA?
Si pagó en la factura de su carro híbrido, la DIAN establece diferentes requisitos según si la persona está o no obligada a llevar contabilidad. Entre los documentos que deben soportar la solicitud se encuentran:
- El certificado expedido por la UPME.
- La relación detallada de las facturas en las que esté discriminado el IVA.
- Información sobre el número de factura, proveedor, valor del vehículo e IVA pagado.
- Una certificación que permita demostrar que el impuesto no fue solicitado previamente en devolución o compensación.
- Una certificación que indique que el IVA no fue tratado como mayor valor del costo, deducción en renta o impuesto descontable.
- Para las personas naturales que no están obligadas a llevar contabilidad, algunas de las certificaciones pueden reemplazarse por una declaración juramentada que contenga las manifestaciones exigidas por la DIAN.
Además, aclaran que el dueño del carro tiene solo 5 años a partir de la emisión de la factura para solicitar este beneficio.
¿La devolución del IVA es lo mismo que la deducción del 50 %?
No. La Ley 1715 contempla dos beneficios diferentes que pueden resultar aplicables cuando se cumplen las condiciones.
El primero es la exclusión del IVA, que es el mecanismo relacionado con la devolución del impuesto cuando este fue cobrado previamente.
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El segundo es una deducción de hasta el 50 % de la inversión en el impuesto sobre la renta, sujeta a los límites establecidos por la legislación tributaria. La DIAN precisó que, cuando corresponda, esta deducción se registra en la Cédula General del Formulario 210, en la casilla de “Otras deducciones imputables”.
Por eso, un comprador no debe entender que si adquiere un carro de $100 millones la DIAN le entregará $50 millones. Ese 50 % corresponde a una deducción para efectos del impuesto de renta y no a una devolución en efectivo equivalente a la mitad del precio del vehículo.