Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

¿Cómo ganó Shakira? El análisis del abogado Francisco Sánchez sobre el millonario fallo a su favor

La decisión que favoreció a Shakira se sustentó en que no se logró demostrar su residencia fiscal en España durante 2011.

Shakira.jpg

El abogado fiscalista Francisco Sánchez explicó en Mañanas Blu 10:30 A.M., las claves del fallo de la Audiencia Nacional de España que favoreció a la cantante Shakira en el proceso tributario correspondiente al año 2011.

Según el abogado, el caso se centró en un aspecto fundamental: la capacidad de la Administración Tributaria para demostrar la residencia fiscal de la artista en territorio español.

“Se ha trasladado a un asunto probatorio de la capacidad de prueba de la Administración Tributaria de la residencia efectiva de Shakira”, señaló.

De acuerdo con la legislación española, una persona es considerada residente fiscal si permanece más de 183 días en el país durante el año natural o si tiene allí su principal núcleo de intereses económicos. Sin embargo, en este caso no se logró probar ninguno de estos criterios.

“La Administración Tributaria no acredita la permanencia de 183 días, se quedan en 163 días en el año natural”, explicó Sánchez.

El abogado enfatizó que esta falta de pruebas fue determinante para la decisión.

“Es aquí donde la Audiencia Nacional viene a quitarle la razón a la administración y dársela a Shakira”, afirmó.

Publicidad

Sánchez también aclaró que el proceso correspondiente a 2011 se analizó de forma independiente frente a otros años en los que sí hubo investigaciones por presunto delito fiscal.

“El 2011 queda al margen porque no se apreciaron indicios de delito y se mantuvo en la vía administrativa”, dijo.

En relación con el dinero involucrado, el abogado detalló que la artista había realizado pagos durante el proceso que ahora deberán ser devueltos.

Publicidad

"Shakira había ingresado unos 27,4 millones de euros a las arcas públicas de la administración por el año 2011... Ahora, la administración tributaria lo que tiene que proceder es a la devolución de la cuantía de 27,4 millones de euros más los intereses de demora", precisó.

Finalmente, Sánchez advirtió que la decisión aún no es definitiva, ya que podría estar la posibilidad de que la Administración Tributaria recurra el fallo.

"¿Puede la administración tributaria en el plazo de 30 días interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo? Esta sentencia de la Audiencia Nacional, por tanto, hasta ahora no es firme", concluyó.

Escuche la entrevista completa aquí:

Publicidad

Publicidad

Publicidad