Así funcionará el país a partir del lunes 27 de abril
Listo el decreto que permite entrada en funcionamiento de manufactura y construcción en cuarentena.
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El presidente Iván Duque y los 18 ministros del Gabinete firmaron el decreto 593 que extiende por un tercer periodo la cuarentena nacional desde el 27 de abril hasta el próximo 11 de mayo.
Esta nueva norma amplía las excepciones de 35 a 41 casos de colombianos que podrán circular y cumplir sus labores en medio del aislamiento preventivo obligatorio.
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Mandatarios locales deberán proteger al personal médico
Debido a las numerosas denuncias de estigmatización e incluso amenazas y rechazo al personal de la salud, Duque ordena, a través de este decreto, a los alcaldes y gobernadores garantizar que los médicos y demás integrantes del sistema de salud puedan realizar su labor sin impedimentos.
“Garantías para el personal médico y del sector salud. Los gobernadores y alcaldes, en el marco de sus competencias, velarán para que no se impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos del personal médico y demás vinculados con la prestación del servicio de salud, ni se ejerzan actos de discriminación en su contra”, dice el decreto.
Manufactura y construcción entran en funcionamiento
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Pese a los reparos que manifestó la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, para la entrada en funcionamiento de los sectores de la construcción y la manufactura, el decreto los habilita, según el ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, 1’200.000 trabajadores integran ambos sectores a nivel nacional.
Los puntos 19 y 20 dan luz verde a este sector de la siguiente manera, habilitando también a los proveedores de los materiales necesarios para las construcciones.
“Punto 19. La ejecución de obras de construcción de edificaciones y actividades de garantía legal sobre la misma construcción, así como el suministro de materiales e insumos exclusivamente destinados a la ejecución de las mismas”, indica el documento.
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Entre tanto, punto 20 establece: “La intervención de obras civiles y de construcción, las cuales, por su estado de avance de obra o de sus características, presenten riesgos de estabilidad técnica, amenaza de colapso o requieran acciones de reforzamiento estructural”.
Más adelante en el numeral 36 se habilita la entrada en operación de siete sectores manufactureros: productos textiles, cueros, transformación de madera (no incluye muebles), fabricación papel y cartón, sustancias y productos químicos, productos de metal, aparatos y equipos eléctricos.
“La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, reparación, mantenimiento, transporte, comercialización y distribución de las manufacturas de productos textiles, de cuero y prendas de vestir; de transformación de madera; de fabricación de papel, cartón y sus productos y derivados; y fabricación de productos químicos, metales, eléctricos, maquinaria y equipos. Todos los anteriores productos deberán comercializarse mediante plataformas de comercio electrónico o para entrega a domicilio”, establece el decreto.
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Precisamente para garantizar el protocolo de movilidad segura de los trabajadores de estos sectores, el Gobierno hizo otras dos excepciones que están en los puntos 40 y 41: “La fabricación, reparación, mantenimiento y compra y venta de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas y habilitó los parqueaderos públicos para vehículos particulares”.
Deporte al aire libre
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El ministro del Deporte, Ernesto Lucena, había anunciado en días pasados que solo los mayores de edad, desde los 18 hasta los 69 años, podrían salir a realizar actividades deportivas al aire libre, sin embargo el nuevo decreto reduce en 9 años la cifra dada por el ministro: solo los colombianos entre los 18 a los 60 años de edad podrá salir a realizar deporte por una hora diaria.
“El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 60 años, por un período máximo de una (1) hora diaria, de acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los alcaldes en sus respectivas jurisdicciones territoriales. En todo caso se deberán atender los protocolos de bioseguridad que para los efectos se establezcan”, dice la norma.
El decreto prohíbe el transporte aéreo hasta el próximo 11 de mayo y habilita también el funcionamiento de las comisarías de familia e inspecciones de Policía.
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El faltante en la norma es la posibilidad de que los más de 800 municipios libres de COVID-19 puedan evaluar con sus respectivas gobernaciones la entrada en operación de algunos comercios como lo había mencionado la consejera presidencial para las regiones, Karen Abudinen.
Este es el decreto del Gobierno Nacional: