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Así serán los acercamientos entre Gobierno y Bacrim, ante eventual sometimiento

La primera etapa estará a cargo el Gobierno y de la segunda la Fiscalía General de la Nación y los jueces asignados.

140874_BLU Radio. Grupos ilegales - / Foto de referencia: AFP
BLU Radio. Grupos ilegales - / Foto de referencia: AFP

En el proyecto de ley que radicará el Gobierno en el Congreso, para combatir a los grupos armados organizados, hay un capítulo especial para la sujeción colectiva a la justicia que tendrá dos etapas:  acercamiento colectivo y  judicialización.
 
De la primera etapa estará a cargo el Gobierno y de la segunda la Fiscalía General de la Nación y los jueces asignados.
 
Los grupos armados organizados deberán  manifestar al Gobierno su voluntad de someterse a la justicia de manera escrita a través de un representante.
 
De verificarse el cumplimiento de requisitos, el Gobierno deberá asignar a sus delegados quienes podrán recibir, junto a funcionarios del ICBF, a los menores de edad reclutados previamente a la reunión con los representantes de las organizaciones criminales.
 
La zona de la reunión será determinada por el gobierno y se podrán establecer corredores de seguridad en el territorio nacional para que quienes se sumen al proceso se desplacen al sitio.
 
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La reunión entre delegados del gobierno y representantes de los grupos armados organizados, los integrantes de las bacrim tendrá como fin la desvinculación de los menores de edad reclutados, la entrega de armas, municiones, lista de testaferros, bienes y activos, entre otro material.
 
Las órdenes de captura serán suspendidas hasta que haya un fallo condenatorio y habrá una rebaja punitiva de hasta el 40% de la pena para quienes cumplan los requisitos y confiesen sus delitos.
 
"Está rebaja no será acumulable con otras disminuciones de pena reguladas en la legislación ordinaria”, aclara la iniciativa.
 
Sin embargo, si alguna persona decide dejar las zonas de reunión y tuviera una orden de captura suspendida esta será reactivada y materializada inmediatamente.
 
El escrito donde se exprese la voluntad de someterse a la justicia, deberá tener esta información:
 
-Manifestación voluntaria de sujetarse a la justicia
 
- Información precisa para identificar la estructura del grupo armado organizado, su área de influencia y expansión territorial, su modo de operación y el número total de sus integrantes.
 
-Actas de sujeción individual suscritas bajo su nombre, documento de identificación, firma y huella
 
-Las conductas delictivas que reconocerán colectiva o individualmente por los integrantes de la organización, en especial lo relacionado con actos de corrupción y la vinculación de servidores públicos en ellos, rutas del narcotráfico, lavado de activos y participación de menores en las actividades del grupo armado, minería criminal y tráfico de armas.
 
-Información que permita identificar a las víctimas de los delitos que serán reconocidos colectivamente.
 
-Relación detallada de los bienes obtenidos producto de la comisión de conductas punibles y que serán entregados en el marco de la sujeción a la justicia. Si son bienes cuya tradición esté sujeta a registro se identificará como corresponde.
 
-Información específica sobre las actividades económicas y del mercado ilícito de las cuales derivan recursos económicos para su financiamiento y articulación, y la relación de información de los testaferros 
 
-La información sobre las distintas estructuras de apoyo en especial aquellas compuestas por otras organizaciones criminales y por servidores públicos.
 
-La identificación de los menores de edad que hagan parte de la organización quienes serán entregados a la protección del Estado predio en la reunión de los miembros del grupo.
 
-Un plan de reparación a las víctimas.
 
 

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