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Avanza discusión en la Corte Constitucional del Plebiscito para la Paz

En sala extraordinaria de este lunes, la sala plena de la Corte Constitucional debatirá la ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas.

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BLU Radio. Corte Constitucional / Foto de referencia: Twitter @CConstitucional

En sala extraordinaria de este lunes la sala plena de la Corte Constitucional debate la ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas en la que le va dando vía libre al Plebiscito para la paz.
 
La Corte Constitucional podría decidir este lunes si aprueba el proyecto de fallo en el que se argumenta que los colombianos tienen derecho a expresar su acuerdo o desacuerdo con lo que se firme entre el Gobierno y las Farc.

 

El camino para llegar a esta crucial cita comenzó el pasado 27 de enero cuando en un sorteo por balota se determinó que el magistrado que se encargaría de redactar la ponencia del examen de constitucionalidad al proyecto de ley estatutaria del referendo por la paz, sería Luis Ernesto Vargas.

 

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Después de eso se presentó la  audiencia pública en la que el Gobierno, la Fiscalía, los organismos de control, el Congreso, la oposición, las víctimas y la academia defendieron sus posiciones en torno a esta propuesta de refrendación de las negociaciones de La Habana (Cuba).

 

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Con todas las cartas en la mesa, el magistrado Luis Ernesto Vargas presentó su ponencia, en la que pide declarar constitucional la realización de esta consulta. No obstante, fija algunos condicionamientos sobre la forma cómo se haría la campaña por el plebiscito, en el entendido que deberá hacerse tanto para promover el ‘sí’, como el ‘no’ y la abstención.

 

Según fuentes consultadas por Blu Radio, la ponencia ya tiene el respaldo de al menos cinco magistrados.

 

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LOS CONDICIONAMIENTOS

 

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El documento señala que la campaña por el plebiscito no podrá incorporar contenidos que promuevan un partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos o que se relacione con la promoción de candidaturas de ciudadanos a cargos de elección popular.

 

Tampoco se podrán destinar recursos ni se podrán poner bienes estatales al servicio de la aprobación o no del plebiscito, que podrá ser secundado por campañas en favor del “sí”, del “no” o incluso de la abstención.

 

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En cuanto a los espacios en los canales de televisión y cadenas de radio para explicar el plebiscito, la ponencia señala que estas herramientas sólo pueden ser utilizadas para adelantar una labor pedagógica, en la que queda rotundamente prohibido tratar de promover el apoyo al acuerdo final.

 

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Además, el magistrado ponenete se esforzó para que los votantes no terminen aprobando o negando un acuerdo a ciegas. Según él, las bases de lo acordado en la mesa de negociaciones en Cuba deben ser dadas a conocer públicamente y de manera detallada al menos 30 días antes de convocar la contienda.

 

Por último, la divulgación debe tener en cuenta a las personas con discapacidad y a aquellas comunidades que no se comunican en español y que se deben crear estrategias de difusión en zonas apartadas del país.

 

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Así las cosas, si bien el espaldarazo del magistrado ponente al proyecto de mecanismo de refrendación da un respiro al Gobierno, este deberá acatar los condicionamientos y promover bajo esas reglas el apoyo para que todos los ciudadanos salgan apoyar las negociaciones de paz.

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