El Ministerio Justicia radicó ante el Congreso de la República el proyecto de ley que reglamenta, de forma permanente, la virtualidad en la Rama Judicial. Con esta norma se busca que la regla general sea la virtualidad en audiencias públicas y diligencias judiciales. El ministro Wilson Ruiz dice que sólo habría presencialidad cuando la ley lo exija.
Esta solicitud fue firmada por el ministro de Justicia, el fiscal general de la Nación, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Comisión de Disciplina Judicial y el defensor del pueblo.
La Corte Constitucional no puede participar porque es un proyecto de ley y todas las leyes, una vez sean aprobadas por control inmediato o posterior, van a la Corte Constitucional, por lo que de aprobarse tendrían que declararse impedida por haber participado en su elaboración; en caso de ser demandada la ley.
El origen del proyecto de ley se da teniendo en cuenta el Decreto Legislativo que solventó la crisis tras el estado de emergencia económica, social y ecológica por la pandemia; la iniciativa propone garantizar que se dé continuidad a la utilización de las tecnologías de la información y de las comunicaciones para facilitar y agilizar los procesos de la Rama Judicial.
“En punto de la transformación digital de la justicia, se ha perseguido incrementar la efectividad, la eficiencia y la transparencia del sistema para resolver los procesos judiciales, y responder a las necesidades jurídicas de los ciudadanos, ello teniendo en cuenta que los bienes y servicios públicos, particularmente el servicio de justicia, no son, ni pueden ser ajenos a las innovaciones de la era digital transversales a los distintos sectores sociales y económicos”, señala el documento del Ministerio de Justicia.
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