Abogados penalistas denuncian que, a pesar de que existe una ley de la República que aprobó la justicia virtual, se les está obligando a asistir de manera presencial. Además, que tampoco cuentan con internet ni plataformas para realizar las audiencias.Trampa a la justicia virtualAsí lo señalan algunos abogados penalistas que denuncian que los están haciendo ir a los juzgados, tribunales, y a sitios donde no hay internet ni cámaras para los computadores. También alegan que cuando va el juez no tiene ni siquiera las aplicaciones para hacer las audiencias, lo que está obligando a hacerlas de manera presencial.“Con preocupación vemos que se está obligando a los funcionarios de los diferentes despachos a asistir. A su vez, jueces que han regresado a los despachos denuncian, por ejemplo, que los computadores no tienen plataformas como Teams, o no tienen un ancho de banda suficiente, lo que ha generado que se estén volviendo a convocar audiencias de tipo presencial, lo cual es una manifiesta ilegalidad, entonces pareciera que dimos una pelea, ganamos en el Congreso de la República, pero por la puerta de atrás regresa la temida presencialidad”, señaló el abogado Francisco Bernate.Mientras tanto, la Corte Constitucional estudia si declara o no inconstitucional la excepción que se había planteado en un principio para la justicia penal, ya que, aunque el Congreso aprobó esta modalidad para todos los procesos legales, en un comienzo se había excluido a los asuntos penales y la demanda pretende que no haya dudas.Por ahora, empleados de la Rama Judicial en Medellín protestan frente al Palacio de Justicia por el mal funcionamiento del internet, cuestionan: ¿Hasta cuándo nos van a hacer trabajar sin las herramientas esenciales para la prestación del servicio de Justicia?Le puede interesar. Escuche El Mundo Hoy:
La Corte Constitucional le dio tres días al Colegio de Penalistas de Colombia para que concrete la demanda contra la ley en la que se establecieron las reglas para implementar las tecnologías de la información en la Rama Judicial.El colegio de penalistas busca que no haya duda alguna respecto a la virtualidad en los asuntos judiciales, en especial los penales, por lo que demandó la Ley 2213, que le dio recientemente el visto bueno a la justicia virtual, sin embargo, en un principio no incluyó a la justicia penal.La Corte Constitucional pidió al colegio de penalistas de Colombia que corrija dos de los cuatro cargos de la demanda contra la Ley 2213.En esa ley se estableció la virtualidad, pero en algunos de sus artículos no hay claridad respecto a los asuntos penales, así lo señaló el abogado Francisco Bernate, uno de los demandantes: “Si bien es cierto se logró tramitar la ley (…) la Corte Constitucional ha admitido dos de los cuatro argumentos presentados, sin embargo, se planteó una sustitución de la Constitución, porque la ley habla de la jurisdicción penal, (y la jurisdicción aborda la civil, penal y ordinaria), este argumento no fue acogido por la Corte Constitucional, ni tampoco el que la ley de virtualidad tenía que tramitarse como una ley estatutaria”.Después de varios debates se logró que los asuntos penales también fueran acogidos por la virtualidad, y en esta demanda se busca no dejar dudas respecto a la ley en todos los asuntos judiciales.Le puede interesar. Escuche El Mundo Hoy:
El juzgado 11 Penal del Circuito de Bogotá con función de conocimiento condenó a cinco años y 10 meses de prisión al empresario Carlos Mattos por entregar más de 250 millones de pesos a una juez para que dictara medidas cautelares que le permitieron mantener la comercialización de los vehículos Hyundai en Colombia. Con esto consiguió desplazar a sus competidores.La decisión se produjo paralelamente a otra determinación que el Tribunal Superior de Bogotá tumbó frente al caso de un soborno al juez Reinaldo Huertas, por hechos similares y cuya condena se conocerá en los próximos días, de acuerdo con los lineamientos trazados por el Tribunal.En el caso Hyundai, se trató de varias entregas de dinero que superaron los $250 millones y que Mattos entregó a la Jueza Ligia del Carmen Hernández para que su despacho profiriera medidas a su favor.En la decisión, el juez negó la posibilidad de que Mattos pagara la pena en su casa, así como el traslado que solicitó su defensa de la cárcel de Cómbita a un Batallón de Barranquilla. Además, ordenó al empresario pagar una multa de 131 salarios mínimos.En este proceso, el Mattos indemnizó con 500 mil dólares a la Rama Judicial como víctima por los daños que le ocasionó al cometer el delito de cohecho por dar u ofrecer.El juez que estableció el monto de la condena tuvo en cuenta que no tenía antecedentes y que aceptó los cargos, por lo que la sentencia se adoptó con base en los términos establecidos en el Código Penal.Escuche el podcast “Zorros y Erizos” y conozca las últimas correrías de los candidatos presidenciales de cara a la segunda vuelta:
El debate final de la ley que busca que la virtualidad en la justicia pueda continuar pasó sin mayores obstáculos y, de ahora en adelante, los jueces serán quienes definan qué procesos se llevan a cabo presencialmente, pero la regla general en los trámites será virtual.Así quedó establecido en la aprobación del proyecto de ley que concluye su tránsito en el Senado y pasa a sanción presidencial de los trámites virtuales en la justicia.El artículo 7 de la ley fue reformado con una disposición que señala textualmente: “Para el caso de la jurisdicción penal, de manera oficiosa el juez de conocimiento podrá disponer la práctica presencial de la prueba cuando lo considere necesario, y deberá disponerlo así cuando alguna de las partes se lo solicite, sin que las mismas deban motivar tal petición. Excepcionalmente, la prueba podrá practicarse en forma virtual ante la imposibilidad comprobada para garantizar la comparecencia presencial de un testigo, experto o perito al despacho judicial”A última hora fue aprobada la presencialidad obligatoria en casos de que se requieran pruebas como interrogatorios a los inculpados o testigos dentro de un juicio, cuya importancia fue destacada por los senadores Luis Fernando Velasco y Myriam Paredes, quienes estuvieron incursos en procesos penales y relataron la relevancia de que los testigos sean confrontados presencialmente en juicios penales, pues así demostraron su inocencia por señalamientos que hicieron paramilitares en su contra.El presidente del Consejo Superior de la Judicatura, Jorge Luis Trujillo, celebró esta aprobación que fortalece el uso de las tecnologías en actuaciones judiciales y agiliza el trámite de procesos.Le puede interesar: escuche el podcast Historias detrás de la historia
El presidente de Asonal Judicial, Fredy Machado, se pronunció sobre el proyecto que pretende reglamentar la virtualidad en la justicia y que será estudiado esta semana en el Congreso. "En medio de las limitaciones de la pandemia se dio el uso de la tecnología, es decir las audiencias virtuales. Desde el año 2012, con el Código General del Proceso, se había dicho que había que apostarle a la tecnología, pero la gerencia de la justicia. De no ser por la pandemia, no se da este avance. Como lo ha dicho el país judicial, todos han coincidido en que la virtualidad es una dinámica diferente, le ha dado un nuevo aire a la justicia. A los usuarios también, que se acercan desde un celular y siempre teniendo en cuenta la conectividad", sostuvo Machado. "Todo el país judicial está de acuerdo, la Corte debe reconocer que por regla general debería darse la virtualidad y, excepcionalmente, la presencialidad. Ese es el pulso, creo que todos debemos apoyar la iniciativa de la virtualidad", añadió el vocero sindical. Machado dijo que el principio de publicidad, privilegiado en la virtualidad, garantiza que todos los ciudadanos conozcan qué se está decidiendo y verificar que sean los argumentos los que definan los casos. Además, aseguró que si se quiere que la presencialidad sea el sistema predominante debe hacerse una inversión significativa. "Como organización sindical le hemos dicho al Congreso, si no hay presupuesto suficiente, volver a la presencialidad, cuando en dos años no usamos las salas de audiencia y esos equipos están en la mayoría dañados, va a ser un caos. Es decir, nos están lanzando a un caos. Si se quiere la presencialidad hacia el futuro, yo creo que hay que invertir lo suficiente. Si se va a dar una presencialidad, esta debe ser óptima, no con equipos ni internet obsoletos",
A un paso de ser ley de la República quedó un proyecto que busca mantener a la rama judicial en la virtualidad, cambio que se hizo inicialmente cuando llegó la pandemia por COVID. Ahora, luego del mensaje de urgencia en la Cámara de Representantes, le resta un debate en el Senado para aprobarse.Este proyecto de ley para poder legislar en virtualidad dejó excluidas a la justicia penal y militar, lo que ha generado toda una polémica entre los representantes que votaron. Para el senador Germán Varón debe aprobarse, pero con ciertas modificaciones y con salvedad en la rama penal, pues en esta, en específico, debe haber un contacto entre jueces, magistrados, testigos y quienes hacen los alegatos.“El afán cuando presenté el proyecto era reconocer que la virtualidad ha aumentado el número de diligencias y vuelve más eficiente los procesos, pero hay que hacer una salvedad en lo penal. Por ejemplo, el contacto directo con la persona que da un testimonio o quien hace un alegato, es absolutamente necesario”, dijo en Mañanas BLU.“El decreto inicial, el 806, que se dictó por parte del Gobierno en ejercicio de unas facultades que le otorga el Congreso por la pandemia, nunca mencionó a la rama penal, el escrito dice civil, laboral, pero no menciona la penal y no la nombra porque en la ley 906 se autoriza a que la virtualidad funcione, que sea un elemento valido para hacer diligencias en lo penal”, añadió.Al respecto, explicó que desde la pandemia el área penal operó con normalidad y se “profirieron una serie de sentencias que fueron fundamentadas virtualmente y sobre las cuales no hay ningún tipo de objeción”, por lo que no sería un inconveniente seguir ejerciendo de ese modo. Sin embargo, recalcó que se deben hacer modificaciones para que los casos que lo requieren si se hagan presencialmente.“Uno de los elementos en penal es saber cómo reacciona (la persona) y si por donde va el juez o el magistrado es lo que corresponde para lograr la verdad”, aseveró el senador.
La iniciativa que se radicó con mensaje de urgencia en la Cámara de Representantes finalmente fue debatida en plenaria y, con discusión muy dividida entre los representantes, fue aprobada con 97 votos, dejando el proyecto de ley a un paso de ser ley de la República, dejando en plena virtualidad a la justicia, salvo la justicia penal y la penal militar, las cuales fueron excluidas del polémico proyecto."Consideramos que el proyecto fue mal elaborado, tenía que hacerse una discusión más minuciosa y a fondo de qué temas podían mantenerse en la virtualidad y qué temas, en diferentes jurisdicciones, debían volver a la presencialidad, queda sin duda una deuda del próximo Congreso de legislar un tema tan delicado como la administración de justicia", señaló el representante Inti Asprilla, férreo crítico de la iniciativa.Desde otra orilla, el representante Edward Rodríguez recalcó que "en buena hora se presentó este proyecto. Obedece a una necesidad de las propias cortes y de la justicia que lo requiere (la virtualidad), la digitalización de la justicia nació para permitir que Colombia avance a generar una justicia pronta, eficaz; una justicia que le sirva al ciudadano". Con opiniones divididas en la corporación, la iniciativa avanza en su último debate.Sin embargo, la iniciativa fue discutida y en ese camino, la Cámara de Representantes decidió, con 97 votos por el sí, excluir la justicia penal del proyecto de ley que implementa en buena medida la virtualidad en la administración de la justicia. Esta decisión se dio por un llamado que llegó de parte de la propia Corte Suprema de Justicia, que solicitó que la justicia penal no debe quedar incluida en esta iniciativa porque "el proceso penal no es el proceso laboral o civil, sino que tiene que ver con las garantías y libertades humanas y además porque el juez, dada la especialidad, debe tener todas sus facultades de dirección sobre el proceso penal, incluida la de decidir si lo hace de manera presencial o virtual", enfatizó el vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Castillo.A la iniciativa le resta un debate en la plenaria del Senado para convertirse en ley, con un último intento de algunos parlamentarios de volver a incluir la justicia penal en la virtualidad.En diálogo con BLU 4.0, el abogado Iván Cancino dio más detalles sobre esta iniciativa:
Un fin de semana maratónico tuvieron este fin de semana jueces y magistrados en Bucaramanga que debieron decidir sobre 846 hábeas corpus, con los cuales el abogado Julián Fernando Duarte pretendía que el mismo número de personas detenidas en estaciones de Policía, recobraran su libertad.Tras dos días de trabajo, los recursos fueron resueltos, todos negados, confirmó el juez Luis José Arévalo, presidente de Asonal Judicial en Santander.“Fue una acción temeraria que es la pretensión que se hace a cualquier instancia judicial que no tenga la vocación de prosperar. El abogado mínimamente debe conocer el tema de agencia oficiosa, que debió hacerla un familiar o demostrar que los reclusos no podían colocar el recurso por ellos mismos”, explicó el juez Arévalo.El juez Arévalo igualmente que, si la pretensión del abogado era proteger derechos como la privacidad y condiciones dignas dentro de las estaciones de Policía, el medio era, por ejemplo, una acción popular.“El mecanismo no era el hábeas corpus, era una acción popular, una acción de cumplimiento o incluso una acción de tutela”, señaló el juez.En la mayoría de las decisiones frente al habeas corpus, los jueces y magistrados compulsaron copias a la Comisión de Disciplina Judicial seccional Santander, para que investigue al abogado Julián Fernando Duarte.Escuche el podcast Sin Tabú:
Los presidentes de las altas cortes le pidieron al Congreso de la República mantener permanentemente el decreto 806, que se creó en pandemia para que la Rama Judicial pudiera trabajar virtualmente, con el uso de las TIC, en la administración de justicia.El decreto lo expidió el presidente de la República en 2020 para digitalizar y virtualizar la justicia, con el objetivo de no paralizarla cuando no había atención al público. Ese decreto permitió, entre otras cosas, que las audiencias se hicieran de manera virtual.Sin embargo, la vigencia termina el 4 de junio de 2022, y por eso se presentaron varios proyectos de ley, entre ellos el 325 del 2022, apoyado por las altas cortes, para que ese decreto se vuelva legislación permanente y todo lo que él traía se convierta en ley. Por lo anterior, los presidentes de las altas cortes piden que se agilice el trámite.Vale la pena recordar que en este decreto (806 del 2020) se adoptan medidas para, “implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.Le puede interesar. Escuche el podcast Prueba Beta:
Horas después de que los jueces de conocimiento enviaran un comunicado de prensa en el que se solidarizaban con la juez 28 de conocimiento de Bogotá, Carmen Helena Ortiz, por supuestos ataques sistemáticos en su contra, los abogados del expresidente Álvaro Uribe se pronunciaron y dijeron que respetan la decisión de la jueza de rechazar la decisión de precluir la investigación, así no la compartan.Los Jueces Penales del Circuito de Bogotá dijeron en el comunicado que rechazan los ataques sistemáticos y señalamientos en su contra, en virtud de las decisiones adoptadas.“No desconocemos el mandato del artículo 20 de la Carta Política que consagra la libertad de expresar y difundir el pensamiento y opinión. Derecho que tiene sus límites a la luz de lo señalado por nuestra Corte Constitucional, pero dicha garantía, no significa que las opiniones puedan ser inspiradas en una intención desproporcionada, difamatoria, calumniosa o injuriante respecto del hecho que se quiere comunicar (…) Por lo anterior y en solidaridad con nuestra compañera, hacemos un llamado para que se respete la independencia judicial, pilar fundamental en un Estado Social de Derecho”, expresaron los jueces.Los abogados Jaime Granados y Jaime Lombana dijeron que respetan y acatan la decisión de la juez, a pesar de no compartirla y que sus opiniones no son ataques a la independencia judicial.“Las manifestaciones públicas, sobre la decisión, realizadas recientemente por la defensa y por el doctor Álvaro Uribe Vélez, lejos están de constituir difamación, ataque, calumnia o injuria ni buscan socavar la independencia de los jueces (…) Así como un desacato de una decisión judicial sería inaceptable, lo es también que la opinión y el disenso respetuoso sea descalificado como ataque, señalamiento o irrespeto a la independencia judicial”, dice el comunicado.
Además de la fuga de los 26 detenidos, la situación reportada esta madrugada en la estación La Macarena, centro de Bogotá, dejó 14 lesionados, de los cuales siete fueron agentes de la Policía y los demás, personas privadas de la libertad.De acuerdo con el personero de la ciudad, Julián Penilla, esta situación es consecuencia del hacinamiento que no ha sido atendido con la agilidad que requiere.“En esta estación, por ejemplo, hay 173 personas cuando la capacidad es de tan solo 40, es cuatro veces más del número de personas acá. Esto dificulta la atención, el servicio y la protección que se puede brindar”, detalló Penilla.Le puede interesar:Por ello, el personero le pidió a entidades como el Ministerio de Justicia, el Inpec, la Uspec y la Alcaldía, que asuman de verdad los compromisos para enfrentar el hacinamiento en toda la ciudad, en especial la de las estaciones de policía que hoy albergan a 3.092 personas, cuando su capacidad es de 1.094.Cabe recordar que por este caso, la Procuraduría Nacional pidió información adicional a la Policía para verificar si hubo o no alguna irregularidad, mientras que la Justicia Militar y Policial inició una investigación interna.
La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) informó que por las obras de reparación en una línea de distribución se suspenderá el suministro de agua este viernes, 12 de agosto, desde las 10 de la mañana y por 24 horas.Estos son los sectores que se verán afectados en la localidad de Kennedy:Desde la Diagonal 2A y hasta la Calle 40C Sur entre la avenida Agoberto Mejía (Carrera 80) y la Avenida Ciudad de Cali (Carrera 86). Desde la avenida Manuel Cepeda (Calle 6) y hasta la Calle 38 Sur entre avenida Ciudad de Cali (Carrera 86) y la avenida El Tintal (Carrera 89).Sin embargo, el Acueducto va a habilitar dos puntos fijos para suministrar agua en carrotanques, los cuales estarán ubicados en: Calle 34B sur Carrera 86a. Corabastos entrada 1.De igual forma, se tendrá el servicio de carrotanques llamando a la Acualínea 116.Le puede interesar: Noticias Internacionales
Al término de un encuentro con David Baesly, director Ejecutivo del Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas, el presidente Gustavo Petro se refirió a las relaciones bilaterales con Venezuela y estimó que se demoraría cerca de dos meses su restablecimiento, pero que ya los dos gobiernos están en contacto para avanzar en la reapertura de la frontera.“Yo creo que en dos meses podemos estar con lo más importante superado, hay temas más complejos, por ejemplo, Monomeros Colombo-venezolanos, que es donde se hacían los fertilizantes, es una empresa afectada casi que quebrada que hay que ver técnicamente cómo se puede reiniciar, hay que ver las formas jurídicas, hay que ver el sistema de sanciones que aún está vigente”, sostuvo el presidente.Además, respondió al trino del Ministerio de Defensa de Venezuela en el que señala que el jefe de la cartera Vladimir Padrino recibió instrucciones del presidente Maduro de iniciar contacto con el ministro de Defensa colombiano para restablecer relaciones militares. Al respecto, Petro confirmó que se avanza en eses sentido y recomponer relaciones en otros frentes como el comercial y cultural.“Tienen que establecerse las relaciones comerciales, culturales, sociales, familiares y militares, de todo tipo. Ya existía una institucionalidad que se creó por décadas que ahora hay que volver a reconstruir para que se ponga en marcha todo el proceso”, agregó el presidente.Confirmó que desde antes de la posesión hay contacto entre los dos gobiernos “porque se está trabajando en la normalización de las relaciones que es un proceso que implica la reapertura de la frontera”. Agregó que no ha designado embajador y que no se hará mientras no se normalicen totalmente esas relaciones.Siga y escuche el podcast ‘Emprender, fallar y triunfar’:
La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá revocó una decisión de un juez de precluir la investigación que adelantaba contra el rector de la Universidad Metropolitana de Barranquilla, Juan José Acosta, por los delitos de falsedad en documento público y concierto para delinquir entre otros delitos.El tribunal revivió el proceso luego de que se apelara el fallo de primera instancia en el que se daba por terminada la novela judicial en la universidad barranquillera.El proceso contra Juan José Acosta data de hace años por disputas familiares por el control de la Universidad. En 2016, cuando el rector Carlos Jaller Raad, se denunció que había un desfalco de 30.000 millones de pesos al interior de la institución, pero la parte demandada respondió demostrando ante la justicia que mediante reuniones de consejo directivo de la universidad se nombró a Juan José y Alberto Acosta para dirigir a la Unimetro de forma irregular.Supuestamente, hubo documentos falsos y otra serie de inconsistencias en las que la Fundación Acosta Bendek se declaró víctima. Es decir, otra ala de la familia peleaba por el control de la universidad.Un juez penal de Bogotá en febrero pasado decidió precluir el proceso con base en una solicitud de la Fiscalía, pero seis meses después el Tribunal Superior de Bogotá la revivió con base en un error de procedimiento de la Fiscalía a la hora de solicitar precluir el proceso.“La procedencia de la preclusión está supeditada a la recolección de nuevos elementos materiales probatorios que permitan derruir esa inferencia razonable existente sobre la situación fáctica comunicada. Y en ese sentido se sustenta el hecho que, iniciada la fase de juicio, la postulación de preclusión sólo sea viable por las causales 1° y 3° del art. 332 de la Ley 906 de 2004, pues los juicios, valoraciones o interpretaciones sólo pueden atenderse en el escenario correspondiente, a saber, el juicio”, manifestó el tribunal en su sentencia.En pocas palabras, la Fiscalía quiso retirar la acusación contra los Acosta y luego pedir la preclusión, pero el juez del caso debió evaluar a fondo los elementos que tuvo el ente acusador para presentar esa solicitud.Ahora la pelea familiar por el control de la Universidad Metropolitana de Barranquilla está abierta nuevamente y las víctimas dentro del proceso podrían pedirle a Fiscalía no insistir en cerrar la investigación que tiene dividida desde hace más de seis años a esta familia en Barranquilla.
Imponer un impuesto a los plásticos de un solo uso utilizados para el embalaje y empaque de artículos, podría llevar a incrementos de entre el 1 % y el 4 % en los precios que pagan los consumidores por toda clase de productos, desde alimentos hasta elementos de aseo, según Acoplásticos.El proyecto de ley establece un impuesto de 1.9 pesos por cada gramo, lo que puede aumentar hasta en un 17 % el costo final de los empaques, según el gremio.“Cuando uno mira cuáles son los productos que están envasados o empacados en plástico, prácticamente todos son esenciales. Los alimentos, el aceite, los productos de limpieza, los detergentes, el jabón y demás, también son productos del consumo cotidiano”, dijo a Blu Radio el presidente de Acoplásticos, Daniel Mitchell.La propuesta establece que las compañías pueden "liberarse" del impuesto si obtienen una Certificación de Economía Circular del Ministerio de Ambiente. Sin embargo, no es claro cuáles serán los requisitos para obtenerla, además hay productos que no podrían envasarse o empacarse en materiales reciclados debido a las normas sanitarias existentes.Otros cambios en la tributariaLa reforma pondría a pagar más impuestos a ciertas compañías.Las editoriales, por ejemplo, pasarían de pagar 9 % de impuesto a la renta a 35 %, mientras que, las empresas que esperaban beneficiarse con la Ley de Turismo, construyendo o ampliando hoteles y ecoparques, tendrían que pagar, también, un 35 % de impuesto a la renta.Le puede interesar:La lista de afectados con el incremento incluye a las empresas que lograron obtener una zona franca para ellas solas: Desde 1 de enero de 2023 pasarán de pagar 20 % de impuesto a la renta a 35 %.Escuche aquí el podcast Ser campeón viene con manual: