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Consejo Superior de Política Criminal respalda ley de sometimiento de grupos armados

Aunque el Consejo emitió un concepto favorable al proyecto de ley, la Defensoría del Pueblo y el Comité Técnico formularon diversos reparos y observaciones.

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Grupos armados en Colombia.
Foto: Human Rights Watch.

El Consejo Superior de Política Criminal respaldó el proyecto de ley de sometimiento del Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella, que busca establecer un marco jurídico para que los grupos armados ilegales se sometan a la justicia a cambio de beneficios judiciales condicionados, sin que el Estado renuncie al seguimiento penal ni al uso legítimo de la Fuerza Pública.

En ese sentido, el Consejo advirtió que es indispensable prorrogar la Ley 418 de 1997, que sirve de base legal para los procesos de desmovilización de grupos armados y que vence mañana, 4 de noviembre de 2026. En su análisis, el Consejo cuestionó los resultados del modelo de negociación establecido durante el gobierno del expresidente Gustavo Petro.

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Según el documento, bajo el esquema de la Ley 2272 de 2022, la Ley de paz total, los integrantes de los grupos armados ilegales aumentaron un 90 % entre diciembre de 2022 y julio de 2026.

El organismo señaló que las mesas simultáneas de diálogo no consiguieron un desarme efectivo y, por el contrario, permitieron la expansión territorial de varias estructuras criminales. También advirtió que delitos como la extorsión, el reclutamiento forzado de menores y las amenazas crecieron de manera exponencial, mientras la presencia del Estado en los territorios se redujo al quedar condicionada al avance de las conversaciones.

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Grupos armados.
Foto: imagen de archivo, AFP.

Durante la sesión, el Ministerio de Justicia explicó que el proyecto fue ajustado tras las observaciones del Comité Técnico, la Fiscalía General de la Nación y la Defensoría del Pueblo. Entre los cambios se encuentra la eliminación de la figura del interlocutor de las organizaciones armadas y la modificación del concepto de “Intervención Territorial Integral” por “Transformación Territorial Integral”. También se fortalecieron las garantías para niños, niñas y adolescentes víctimas de reclutamiento forzado.

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En materia penal, se precisó el concepto de mando para establecer una pena mínima de 10 años para los cabecillas de las organizaciones. Para los colaboradores procesados por delitos como lavado de activos, testaferro o enriquecimiento ilícito, se contempla una suspensión condicional de la pena de entre uno y tres años, siempre que entreguen todos sus bienes y la Fiscalía verifique su cumplimiento.

El Gobierno también aclaró que la definición de actores armados no busca criminalizar la protesta social pacífica e incorporó disposiciones específicas sobre los derechos de las víctimas y medidas contra la violencia sexual. Finalmente, el Ministerio de Hacienda deberá verificar si existe disponibilidad presupuestal para crear una Unidad Especializada de Investigación en la Fiscalía General de la Nación.

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El concepto del Consejo Superior de Política Criminal respalda así el avance de la iniciativa en el Congreso, en medio de la necesidad de establecer un nuevo marco jurídico para el sometimiento de grupos armados ilegales antes del vencimiento de la actual ley de orden público.

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