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Corte Constitucional tumbó autonomía presupuestal del CNE a partir de enero de 2027

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó las normas del Plan Nacional de Desarrollo que le otorgaban autonomía presupuestal al Consejo Nacional Electoral al considerar que vulneraban el principio de unidad de materia.

Corte Constitucional
Corte Constitucional
Foto: Corte Constitucional

La Corte Constitucional zanjó una discusión y tomó decisiones claves sobre la autonomía presupuestal del CNE, en ese sentido, el alto tribunal analizó los artículos 336 y 337 de la Ley 2294 de 2023 Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, que habían modificado el Estatuto Orgánico del Presupuesto para crear una sección presupuestal independiente para el CNE y facultar a su presidente como ordenador del gasto.

Sin embargo, la Corte concluyó que estas disposiciones no guardaban relación directa con los objetivos, metas o estrategias del Plan, ni con su plan plurianual de inversiones, lo que constituye una violación al principio de unidad de materia. Por esta razón, ordenó retirarlas del ordenamiento jurídico y restablecer la normativa anterior.

Pese a declarar la inexequibilidad, la Corte moduló los efectos de su decisión. Determinó que los cambios empezarán a regir a partir del 1 de enero de 2027, teniendo en cuenta la importancia del CNE en la organización electoral y el contexto del proceso para la elección presidencial en curso.

Consejo Nacional Electoral (CNE)
CNE
X: @CNE_COLOMBIA

Durante este periodo de transición, entidades como el Ministerio de Hacienda, la Registraduría Nacional del Estado Civil, el CNE y el Departamento Nacional de Planeación deberán coordinarse para realizar los ajustes normativos e institucionales necesarios y estructurar el presupuesto general de la Nación para la vigencia 2027 conforme a lo ordenado por la sentencia.

La votación fue unánime con una votación de 8-0 sin la participación del magistrado Vladimir Fernández quien estaba impedido para debatir del asunto.

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