Corte Constitucional tumbó varios artículos del Código de Policía
Por vicios de trámite, fueron tumbados varios artículos que tienen que ver con el derecho a la protesta, uno de ellos sobre la presencia de Policía en los estadios.
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Con 6 votos a favor y 3 en contra la Corte Constitucional tumbó el Título VI del Código de Policía el cual se deberá tramitar por ley estatutaria.
La Sala Plena de la Corte declaró inexequibles varios artículos del nuevo Código de Policía, que comprenden desde el artículo 47 hasta el 75. Sin embargo, está orden se da con efectos diferidos no mayores al 20 de junio de 2019, es decir, la Corte da un plazo de dos años al Congreso para que regule estos artículos, de lo contrario quedarían sin vigencia.
Quienes demandaron este código son Jorge Kenneth Burbano, Jorge Ricardo Palomares, Javier Enrique Santander y Édgar Vardeleon Pabón argumentando que no tenían derecho a la protesta por lo que pedían al alto tribunal garantías constitucionales.
Seguridad en los estadios.
Entre los artículos que fueron tumbados por la Corte se encuentran los relacionados con la "Participación de la Seguridad privada en las actividades que involucran aglomeraciones de público complejas" incluidas en el artículo 62, que fue criticado en los últimos días por la Dimayor.
De acuerdo con el alto tribunal, este articulo deberá ser debatido en el Congreso, así como los demás temas por hacer parte del grupo de las leyes estatutarias.