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Corte ordena a MinTrabajo y MinMinas tener control de los lugares donde se lleva a cabo la minería

Un trabajador minero interpuso una acción de tutela a su ARL y EPS tras alegar una violación de su derecho a la seguridad social.

Corte Constitucional
Corte Constitucional
Foto: Rama Judicial

Un minero que, en medio de su trabajo, sufrió heridas de consideración luego de picar una piedra que finalmente explotó por la fricción, dejándolo gravemente lesionado, ganó una tutela que interpuso ante la Corte Constitucional.

El reporte médico arrojó que, a raíz de la explosión, le fueron diagnosticadas fracturas múltiples en el cráneo y los huesos de la cara, además de un grave traumatismo en la cabeza.

“Además de los riesgos propios de esta actividad, los trabajadores que la ejecutan tienen mayores dificultades para jubilarse porque generalmente no cotizan al sistema general de pensiones y tampoco están afiliados a una ARL para garantizar su atención, en el evento de un accidente de trabajo o de una enfermedad laboral”, señala el documento.

En este caso, además, la Corte insiste que casos como los del afectado que resultó herido en medio de sus labores, son usuales y que las entidades no deben limitarse a lo establecido, sino indagar para que los derechos de los trabajadores sean protegidos bajo cualquier circunstancia.

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Por último, este alto tribunal le sugirió al Ministerio del Trabajo, al Ministerio de Minas y Energía y a la Agencia Nacional de Minería a verificar las condiciones en las que se estén realizando actividades mineras y constatar si se están cumpliendo los lineamientos sobre la política de seguridad minera.

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