La Corte Constitucional ya tiene magistrado ponente para estudiar el decreto de Emergencia Económica, Social y Ecológica expedido por el gobierno de Abelardo De La Espriella tras el terremoto de magnitud 7,4 del pasado 10 de agosto, en San José del Palmar, en el departamento de Chocó. Por sorteo, el expediente quedó en manos del magistrado Juan Carlos Cortés González, quien deberá elaborar la ponencia sobre la constitucionalidad de la medida.
El decreto, identificado como 1261 del 19 de agosto de 2026, declara la emergencia por grave calamidad pública en parte del territorio nacional. Ahora comienza formalmente su estudio en la Corte, luego de que el secretario jurídico de la Presidencia, Andrés Barreto González, remitiera el texto a la presidenta de la Corte, Paola Andrea Meneses Mosquera.
Se trata, además, del primer decreto del gobierno de Abelardo De La Espriella que llega a este examen constitucional. Cortés asumirá el análisis después de que otros magistrados estudiaran decretos de emergencia de gobiernos anteriores: Miguel Polo Rosero tuvo a su cargo el correspondiente a febrero y Carlos Camargo Assis el de diciembre.
Ahora, la decisión estará en manos de Cortés, quien deberá determinar si la declaratoria de emergencia cumple los requisitos establecidos por la Constitución del Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026, firmado por el Presidente Abelardo de la Espriella y sus ministros, que declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en quince departamentos de Colombia por un término de 30 días calendario, que abarca a los municipios que registraron daños por el desastre o en los que se demuestre una afectación concreta y directa derivada del mismo.
El Gobierno explica que las medidas habituales no son suficientes para responder a la magnitud de la tragedia, especialmente porque el país ya enfrenta dificultades económicas y poco margen en el presupuesto. Por eso, busca utilizar estas facultades especiales para tomar decisiones rápidas, como hacer cambios urgentes al presupuesto, conseguir recursos adicionales y establecer alivios en impuestos, destinados exclusivamente a atender la emergencia.