El registrador delegado de asuntos electorales, Jaime Hernando Suárez, explicó en Mañanas Blu las fechas clave del proceso electoral rumbo a las Presidenciales de 2026. Destacó que la inscripción de candidaturas marcó un hecho histórico: “Por primera vez, más del 90 % de los candidatos no tuvieron que ir a las registradurías”. Según dijo, la virtualidad evitó que las sedes estuvieran llenas en el último día.Suárez detalló cómo avanzará el cronograma de consultas internas e interpartidistas previstas para marzo. El CNE deberá informar qué partidos manifestaron su intención de participar, un paso obligatorio para continuar en el proceso. “Estos grupos tienen hasta el 6 de febrero para inscribir los candidatos y decirnos cómo quieren realizar las consultas”, afirmó.El funcionario resaltó que el 22 de diciembre será una fecha determinante para los partidos. Ese día se conocerá qué colectividades se retiran oficialmente de las consultas. La siguiente fecha clave será el 6 de febrero, cuando ya esté consolidada la inscripción de aspirantes y la modalidad de consulta elegida por cada grupo político.Para quienes buscan llegar a la Presidencia por la vía de las firmas también hay plazos estrictos. Suárez explicó que los aspirantes “tienen plazo hasta el 17 de diciembre para presentar firmas”, mientras la Registraduría tendrá hasta el 21 de enero para verificarlas. Agregó que ya había cinco candidatos radicados y otros tres con cita programada.Sobre la situación de Cambio Radical y su eventual participación en consultas, la entidad pidió prudencia. Suárez recordó que los partidos “pueden participar en diferentes consultas, apoyando candidatos presentados por partidos o ciudadanos”. No obstante, precisó que solo hasta el 6 de febrero se sabrá “en qué condición va cada partido”.
El registrador nacional, Hernán Penagos, advirtió que Colombia enfrenta un escenario inédito en el camino hacia las elecciones presidenciales: 91 aspirantes están recogiendo firmas para inscribirse por grupos significativos de ciudadanos. En entrevista con Mañanas Blu, con Camila Zuluaga, el funcionario explicó el alcance del reto logístico, los plazos clave y las reglas para las consultas interpartidistas.Un récord de aspirantes por firmasPenagos confirmó que el país nunca había registrado un volumen semejante de aspirantes presidenciales por firmas. “No hay precedente en la historia de Colombia de un número tan alto de personas que quieran postularse a la presidencia por el mecanismo de firmas”, afirmó.Los precandidatos tienen plazo hasta el 17 de diciembre para entregar los apoyos. Cada uno debe presentar cerca de 660.000 firmas válidas, cifras que llevarán a la Registraduría a revisar cerca de 30 millones de registros.La verificación se realizará entre el 17 de diciembre y el 21 de enero. Según Penagos, la entidad se preparó con personal adicional, grafólogos y herramientas tecnológicas avanzadas.“Desarrollamos una herramienta de analítica de datos e inteligencia artificial que nos ayuda a depurar y revisar de manera más ágil”, explicó.Calendario de consultas interpartidistasEl registrador anunció que este mismo viernes fue firmado el calendario electoral para las consultas del 8 de marzo, que coincidirán con las elecciones de Cámara y Senado.Los partidos deberán informar antes del 8 de diciembre si desean participar en consultas. Posteriormente, tendrán hasta el 22 de diciembre para retractarse.Finalmente, el 6 de febrero deberán inscribir oficialmente a sus precandidatos y coaliciones. “Son los partidos a los que se les vence el tiempo, porque solo ellos pueden convocar consultas presidenciales”, recalcó Penagos.Una de las decisiones más relevantes es que todas las consultas aparecerán en un único tarjetón, sin importar cuántas se convoquen. “Tener varios tarjetones obligaría a revelar la orientación ideológica del votante y eso viola el secreto del voto”, aseguró.Aunque reconoció que un tarjetón con múltiples consultas puede generar votos nulos, insistió en que el diseño será claro: “Diremos de manera visible que solo se puede elegir una única consulta”, explicó.Penagos evitó pronunciarse sobre casos específicos como el de Daniel Quintero, cuyo nombre no aparece en la última encuesta Invamer, aclarando que la Registraduría “no tiene competencia” para decisiones de fondo sobre habilitación de aspirantes.En cuanto a aspirantes por firmas que podrían sumarse a consultas, explicó que, si sus firmas son validadas en enero, podrán aliarse con partidos para participar, como ha ocurrido en procesos electorales anteriores.
Este domingo, 29 de octubre, los ciudadanos colombianos se preparan para un evento crucial en la vida política del país. En esta nota, le proporcionaremos información esencial para garantizar que su voto cuente y no sea anulado en las elecciones que se celebrarán este día. Además, destacamos algunos aspectos clave sobre los cargos en disputa y los candidatos.En estas elecciones, se elegirán una serie de funcionarios que desempeñarán roles esenciales en la administración de entidades territoriales durante el período 2024-2027. Los cargos incluyen:1.102 alcaldes32 gobernadores12.072 concejales418 diputados6.885 edilesCandidatos para la Alcaldía de BogotáEn el caso de la capital, Bogotá, se presenta una competencia acalorada con nueve candidatos que buscan ocupar el Palacio Liévano:Carlos Fernando Galán (Nuevo Liberalismo)Gustavo Bolívar (Pacto Histórico)Juan Daniel Oviedo (Con toda por Bogotá)Rodrigo Lara Restrepo (Lara Demócrata)Diego Molano (Reconstruyamos Bogotá)Jorge Luis Vargas (Partido Cambio Radical)Jorge Enrique Robledo (Partido Dignidad y Compromiso)Nicolás Ramos (Más Acciones Menos Rostro)Rafael Quintero (Alianza Democrática Amplia)¿Quién puede votar?Los ciudadanos colombianos mayores de 18 años que formen parte del censo electoral están habilitados para votar en estas elecciones. Además, los extranjeros residentes en Colombia que tengan al menos cinco años de residencia en el país y hayan inscrito su cédula de extranjería también pueden votar.Horarios de VotaciónLa jornada electoral se llevará a cabo entre las 8:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde del domingo, 29 de octubre. Las urnas se cerrarán puntualmente a las 4:00 de la tarde. Solo los ciudadanos que hayan entregado su cédula de ciudadanía al jurado de votación antes de esta hora podrán votar. Esto significa que si está en la fila a esa hora y no ha entregado su documento, no podrá sufragar.Cómo conocer su puesto de votaciónPara saber dónde votar, siga estos pasos:Ingrese al siguiente enlace de la Registraduría Nacional de la Nación: https://eleccionescolombia.registraduria.gov.co/index.html.Seleccione la opción 'Lugar de votación'.En la siguiente página, ingrese su tipo y número de documento de identidad.Verifique el Captcha.Haga clic en la opción 'Consultar'.El sistema le proporcionará información sobre su puesto y mesa de votación. La página de la Registraduría también le permite identificar su lugar de votación en Google Maps.Cómo marcar los tarjetones electorales correctamenteDependiendo de su zona, puede recibir hasta cinco tarjetones electorales para votar por Gobernación, Asamblea, Alcaldía, Concejo y Juntas Administrativas Locales. Asegúrese de marcar correctamente:En listas abiertas, identifique el logo del partido y los números para votar por cada candidato. Marque una X o cualquier símbolo que indique su preferencia, ya sea por el partido o el candidato.En listas cerradas, donde solo aparece el logo del partido, marque una X o un símbolo en el espacio designado para su preferencia.Para gobernadores y alcaldes, el tarjetón incluye nombres y fotos de candidatos. El proceso es el mismo: marque una X o un símbolo sobre su aspirante de preferencia en el espacio designado.Vea también
Los ciudadanos que han sido designados como jurados de votación en las elecciones en Colombia deben cumplir con un horario específico y ciertas responsabilidades para garantizar un proceso electoral transparente y eficiente. De acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil, los jurados de votación tienen la obligación de presentarse puntualmente a las 7:00 de la mañana en el puesto de votación que les ha sido asignado.Este es el punto de partida para una jornada que busca asegurar el ejercicio democrático en el país. Además, los jurados de votación tienen la responsabilidad de permanecer en el puesto de votación hasta que se complete el escrutinio de la mesa electoral correspondiente.Esto implica que solo pueden retirarse una vez que se haya realizado la totalización de los votos, hayan entregado al delegado de puesto de la Registraduría Nacional el sobre de claveros con los votos y todos los formularios electorales debidamente diligenciados.Adicionalmente, los jurados deben recibir los formularios E-17 (recibo de documentos electorales entregados por los jurados de votación) y E-18 (constancia de prestación de servicio como jurado de votación) como comprobante de su participación y compromiso cívico en el proceso electoral.El papel de los jurados de votación es crucial para el adecuado desarrollo de las elecciones, garantizando la transparencia y legalidad de los comicios en los que los ciudadanos ejercen su derecho al voto, fortaleciendo así la democracia en Colombia.Por otro lado, cabe recordar que los jurados de votación que cumplan con su labor cuentan con unos beneficios de acuerdo con el Código Electoral:De acuerdo con lo establecido en el artículo 105 del Código Electoral, los ciudadanos seleccionados como jurados de votación tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que puede hacerse efectivo con el respectivo empleador dentro de los 45 días hábiles siguientes a la fecha del certamen electoral.Le puede interesar:
En el marco de las próximas elecciones, es crucial conocer con precisión las condiciones que determinan quiénes están habilitados para ejercer su derecho al voto en el puesto de votación situado en Corferias, Bogotá.Este centro de votación establece criterios particulares que regulan la participación de los ciudadanos en el proceso democrático, asegurando así que la elección se lleve a cabo de manera adecuada y transparente.Y es que existe el mito desde hace varios años de que cualquier persona que no tenga inscrita su cédula puede ejercer su derecho en el puesto de votación de Corferias, el que más sufragantes acoge en el país. Sin embargo, esto no es así, pues permite la participación de un grupo específico de ciudadanos.Quiénes pueden votar en Corferias para elecciones regionalesEn primer lugar, tienen la posibilidad de votar en este lugar aquellos ciudadanos que tienen inscrita su cédula de ciudadanía en este puesto de votación. Esta condición se establece para garantizar que quienes están registrados específicamente en Corferias tengan la oportunidad de ejercer su derecho al voto en este centro electoral.Adicionalmente, se incluye a aquellos ciudadanos que poseen cédulas expedidas entre el 1 de enero de 1988 y el 7 de enero de 2003. Sin embargo, es importante resaltar que estos ciudadanos solo podrán votar en Corferias si nunca han inscrito su cédula en otro puesto de votación.La Registraduría explica que esta medida tiene como objetivo principal asegurar que quienes recibieron su cédula en un determinado período y no han establecido una afiliación a otro puesto de votación tengan la posibilidad de participar en las elecciones en el lugar más conveniente para ellos.Estas condiciones específicas para votar en el puesto de votación Corferias garantizan una participación democrática ordenada y precisa. Es fundamental que los ciudadanos estén informados sobre estos requisitos, promoviendo así una participación activa y consciente en el proceso electoral. El voto es el pilar de toda democracia y cada ciudadano debe estar al tanto de sus derechos y responsabilidades en este contexto crucial para la sociedad.Le puede interesar:
En el proceso electoral, es crucial entender las diferencias sustanciales entre dos sistemas de voto: el voto preferente y no preferente, los cuales influyen de manera significativa en la elección de representantes políticos.Estos sistemas, adoptados por diversas agrupaciones políticas, marcan un contraste en la forma en que los ciudadanos expresan su voluntad en las urnas y cómo esto se traduce en la composición final de los escaños en un parlamento.¿Qué es voto preferente y no preferente?Voto preferenteEn el sistema de voto preferente, las agrupaciones políticas optan por presentar una lista abierta de candidatos. Los electores tienen la oportunidad de votar por uno de los candidatos que conforman la lista de su partido preferido. Los candidatos que obtienen más votos dentro de la agrupación política se adjudican escaños en función del número total de escaños que la agrupación obtiene en la elección.Es importante destacar que el orden de inscripción de los candidatos en la lista no tiene un impacto directo en la asignación de escaños. Los votantes, mediante su voto, pueden influir en el reordenamiento de la lista, estableciendo una jerarquía interna entre los candidatos de su elección.Voto no preferenteEn contraste, en el sistema de voto no preferente, las agrupaciones políticas deciden presentar una lista cerrada de candidatos. En este caso, los electores no tienen la opción de votar por candidatos individuales, sino que su voto está destinado únicamente a la agrupación política en su conjunto.La asignación de escaños se basa únicamente en la proporción de votos que la agrupación política obtiene en la elección. Los candidatos se llenan siguiendo un orden predeterminado por la agrupación y no pueden ser modificados por los votantes.La diferencia clave entre estos dos sistemas radica en el nivel de participación y elección que se le otorga al elector. El voto preferente permite a los ciudadanos tener un mayor control y poder de elección al votar por candidatos específicos, influyendo en la composición interna de la lista de su partido preferido. En contraposición, el voto no preferente limita esta elección al partido en su totalidad, con los ciudadanos expresando su preferencia solo por la agrupación política en general.En última instancia, la elección de un sistema de voto preferente o no preferente tiene un impacto directo en cómo se conforma el Congreso y cómo se refleja la voluntad de los electores en la representación política.Le puede interesar: