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En dos minutos: resuelva dudas sobre medidas de reactivación económica

Este lunes 27 de abril comienza la reactivación paulatina de los sectores de construcción y manufactura. Así será el proceso.

361729_Reactivación económica crisis coronavirus // Foto: AFP, imagen de referencia
Reactivación económica crisis coronavirus // Foto: AFP, imagen de referencia

En medio de la confusión que han generado las medidas dictadas por el Gobierno y que deberán ajustar e implementar alcaldes locales, estas son las respuestas a las dudas más comunes sobre esa reactivación económica que arranca este lunes 27 de abril en toda Colombia, con sus decretos y explicaciones:

¿Cuáles sectores se reactivan laboralmente?

Además de los ya autorizados, se reactivan construcción y manufactura únicamente. En el caso de construcción se refiere a obras de infraestructura y de construcción privada (viviendas, oficinas, centros comerciales, etc.) No se incluyen obras de remodelación. En el caso de manufactura son nueve los subsectores autorizados: textiles, prendas de vestir, artículos hechos en cuero, productos de madera, papel y cartón, sustancias y productos químicos, productos elaborados en metal y aparatos y equipos eléctricos.

»» Más información ««

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¿Entonces ya arrancan obras y fábricas?

No. Todo va a depender de la mecánica que las alcaldías locales implementen para autorizarles a las empresas los protocolos de bioseguridad, proceso que en algunas ciudades se hará por Internet. Así mismo, los trabajadores autorizados también deben contar con dicho aval entregado por su ciudad o población.

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¿Debo presentarme en el trabajo?

No. Si usted trabaja en una obra de construcción o en una industria de manufactura, fábrica, de alguno de los subsectores autorizados, deberá esperar a que su empresa primero obtenga el permiso y autorización según cumplimiento de los protocolos de bioseguridad. Luego, usted deberá contar con ese permiso también, el cual, dependiendo de la ciudad donde viva, se tramita en Internet en donde su alcaldía lo determine. Esta semana será para adelantar dicho trámite.

¿Qué medidas debo cumplir para volver al trabajo?

Una vez su empresa y usted obtengan la autorización según cumplimiento de protocolos de bioseguridad, podrá volver al trabajo cumpliendo con estrictas normas sanitarias.

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En el caso de manufactura, deberá cumplir con horarios diferenciales para no coincidir con muchos compareños; cambiarse de ropa al llegar; lavado de manos constante; mantener distancia de un metro al menos siempre con sus compañeros; la empresa le debe proveer de elementos de protección, entre otros.

»» Todas las medidas en esta nota ««

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En el caso de construcción y demás sectores económicos autorizados, la Resolución 666 del Ministerio de Salud detalla los protocolos que su empresa debe cumplir de bioseguridad para que pueda volver al trabajo.

¿Qué pasa en Bogotá, Cali, Medellín entonces?

Los alcaldes de esas ciudades, y del resto del país, en línea con lo que ordena el Gobierno, esta semana se dedicarán a otorgar los permisos a las empresas que desean reactivarse, previo cumplimiento de los protocolos biosanitarios y del cuidado de sus empleados.

»» En el caso de Bogotá existe un formulario en línea para ello, consúltelos aquí ««

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Medellín también cuenta con dos formularios en línea para solicitar el permiso para la reactivación laboral y económica tanto para empresas, así como otro para empleados, obreros y operarios.

En Cali se expedirá en la página de la Alcaldía el ‘Pasaporte sanitario’ para empresas y empleados.

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Cada ciudad, como lo ordena la Resolución 498 del Ministerio de Industria y Comercio, deberá encargarse de determinar cómo valida el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad para la reactivación de la construcción y la manufactura, y hasta tanto no sea así, no se pueden reactivar.

¿Se levanta la cuarentena?

No. Todo sigue igual en cuanto a restricción a la movilidad y al aislamiento obligatorio hasta el 11 de mayo. Ni niños ni adultos mayores de 70 años pueden circular.

¿Cambia el pico y cédula?

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No, en las ciudades donde existe dicha medida se mantiene sin cambio alguno. La única excepción será cuando se otorguen los permisos de trabajo a personas de la construcción y la manufactura, en la modalidad que cada alcaldía determinen, quienes quedarán autorizados para movilizarse.

¿Cambia el pico y género?

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En el caso de Bogotá se mantiene la medida, excepto para quienes opten por hacer deporte, pues quedan exentos de la restricción.
¿Puedo hacer deporte?

Cada ciudad determina la forma y logística de aplicación de esta medida de una hora de actividad deportiva por persona al día (trotar, correr, caminar, montar bicicleta), de manera individual y a un kilómetro a la redonda de su domicilio. Revise si en su ciudad su alcalde autorizó hacer deporte, en qué zonas y horarios. El decreto presidencial lo permite entre 5:00 y 8:00 a.m. No se permiten uso de parques o zonas de ejercicios. En Bogotá, según decreto local, dicha hora se podrá ejecutar entre 6:00 y 10:00 a.m. y con uso de tapabocas.
¿Van a abrir comercios?

No, no se ha autorizado la apertura de comercios ni negocios distintos a los permitidos actualmente. Sólo en algunos municipios donde no hay casos de coronavirus reportados, se permitirá gradualmente la reactivación de sus actividades normales.

¿Puedo usar transporte público?

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Sí, con las medidas de bioprotección indicadas (obligatorio el tapabocas). Encontrará sillas marcadas para no ser utilizadas y debe mantenerse una distancia de mínimo un metro entre pasajeros. Funcionarán taxis (solo pedidos mediante teléfono o app) y se podrá sacar el vehículo personal solo para alguna de las exenciones de la movilidad (hacer mercado, cuidar niños, ancianos; sacar dinero, ir a trabajar si se labora en alguna de las actividades exentas; o por caso de extrema urgencia).

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