Por considerar que afecta el derecho a la salud de todos los colombianos es que la Corte Suprema de Justicia dejo sin efecto una resolución de la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la cual ordenaba "cesar de manera inmediata la difusión del comercial de televisión relacionado con el consumo de bebidas azucaradas".
Por dicha razón, la Sala de Casación Civil de la Corte hizo un llamado a la Superintendencia para que se lleve de manera correcta la denuncia de una sociedad productora de gaseosas contra la Asociación Colombiana de Educación al Consumidor – Educar Consumidores por una presunta violación del Estatuto de Protección al Consumidor ya que, al parecer, las ligas y asociaciones de consumidores no fueron vinculadas al proceso.
Según pudo establecer esta Sala, el 1 de agosto de 2016, la Asociación -Educar Consumidores- lanzó una campaña que tenía como fin promover el cuidado de la salud de los colombianos con el eslogan "cuida tu vida, tómala en serio".
Así las cosas, la Corte consideró que es de suma importancia la vinculación de esta asociación al trámite administrativo ya que los consumidores "no son usuarios pasivos sino ciudadanos deliberantes, quienes, en la satisfacción de sus necesidades vitales, sociales y comerciales, ancladas necesariamente en el marco de la relación obligatoria como compradores, tienen derecho a exigir, recibir y difundir información e ideas, acerca de los riesgos a los que se halla expuesta su salud" añade el texto.
Finalmente, en la decisión se resalta que si no se les permite a los compradores acceder a la información sobre las consecuencias positivas o negativas del consumo de estas bebidas, se les restringe la debida satisfacción de su salud.
Actualizado: abril 07, 2017 05:48 p. m.