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Fallo sobre Petro cierra puerta a sanciones administrativas a elegidos por voto popular

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó que el Estado responda e indemnice al senador y exalcalde de Bogotá.

370228_Gustavo Petro // Foto: AFP
Gustavo Petro // Foto: AFP

La Corte Interamericana de Derechos Humanos falló a favor del senador Gustavo Petro y el Estado colombiano fue declarado responsable por violar derechos políticos de cuando era alcalde de Bogotá tras una inhabilidad impuesta por la Procuraduría General de la Nación, después de que Alejandro Ordóñez lo sancionara e inhabilitara entonces por el esquema de basuras que se planteó para la ciudad.

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En el fallo de la Corte, por unanimidad, se indica, además, que el Estado es responsable por la violación de derechos reconocidos en artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en relación con las obligaciones de respetar y garantizar dichos derechos, pero deja claro que funcionarios elegidos con voto popular, no pueden ser destituidos por órdenes administrativas como de la Procuraduría o la Contraloría.

También se indicó que el Estado deberá pagarle al hoy senador, una indemnización por 10.000 dólares como forma de compensación y se deberá rendir un informe en máximo un año sobre las medidas adoptadas.

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El senador Petro se refirió al tema y señaló que la decisión de la Corte es una consideración de garantía de no repetición y se deberá adecuar el reglamento interno, donde los órganos administrativos como la Procuraduría o la Contraloría no le pueden quitar derechos políticos a los servidores públicos de elección popular.

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“El congreso debe coordinar con la Rama Ejecutiva del poder público una reforma legislativa que quite de lo que contradice el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos y es que los funcionarios de elección popular no pueden ser destituidos por órdenes administrativas ni sus derechos políticos vulnerados”, dijo Petro.

 

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