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Liquidador de Minigualdad suprime viceministerios: ordena cesar contratación y procesos de selección

El Ministerio de la Igualdad ya no podrá suscribir convenios que busquen el cumplimiento de las funciones misionales de dicha cartera

Polémica por millonarios pagos en el Ministerio de Igualdad
Foto: AFP y @MinIgualdad_Col

El liquidador del Ministerio de la Igualdad, John Milton Rodríguez, suprimió todos los viceministerios de la entidad, teniendo en cuenta que esta cartera no podrá seguir operando.

"Que la supresión de los empleos señalados en la presente resolución se efectúa en desarrollo del proceso liquidatorio, por no resultar dichos empleos indispensables para acompañar el proceso de liquidación en su etapa actual. En consecuencia, la presente actuación constituye la materialización progresiva de la supresión de empleos en el marco del proceso liquidatorio", se lee en la resolución firmada por Rodríguez.

De esta manera, dejan de existir los viceministerios de la Mujer, Juventud, Pueblos Étnicos y Campesinos, Poblaciones y Territorios Excluidos y Diversidades. Además, las personas que ocupaban esos cargos, según la resolución, tienen 15 días para entregar formalmente expedientes, documentos, claves de acceso y, en general, la información que se venía manejando.

Por otro lado, Rodríguez firmó otra resolución por la cual se "adopta el Reglamento de Contratación para la Liquidación del Ministerio de Igualdad". En una primera medida, el documento señala que la entidad no podrá iniciar nuevas actividades en desarrollo de su objeto social; es decir, todas las acciones que se van a tomar deben estar encaminadas a la liquidación.

"Se consideran necesarios para la liquidación, entre otros, los contratos cuyo objeto corresponda a: representación judicial y extrajudicial y defensa de los intereses de la entidad; avalúos, inventarios y saneamiento de activos; organización, digitalización, custodia y transferencia de archivos; revisoría fiscal y auditoría; aseo, vigilancia, servicios públicos domiciliarios, arrendamiento y soporte tecnológico indispensables para el funcionamiento del equipo liquidador; y apoyo profesional y técnico al proceso liquidatorio", señala la resolución.

De esta manera, quedó prohibido adelantar procesos de selección o suscribir contratos cuyo objeto corresponda al desarrollo de las funciones misionales de la entidad.

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"La competencia para adelantar procesos de selección, suscribir contratos, ordenar el gasto y ejercer las facultades excepcionales se radica en el Liquidador, en su condición de representante legal, en sustitución de la atribución prevista en el numeral 1.6 del Manual de Contratación", se lee en el documento.

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