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Luz verde al transfuguismo y a que mayores de 18 años aspiren a la Cámara: reforma política de Petro

El borrador del Ministerio del Interior plantea varios cambios de fondo al sistema político y electoral. Las listas tendrán que ser cerradas y con alternancia entre hombre y mujer.

44306_Blu Radio. Cámara de Representantes / Foto: Cámara de Representantes
Blu Radio. Cámara de Representantes / Foto: Cámara de Representantes

Blu Radio conoció el borrador del proyecto de Acto Legislativo de reforma política que radicará el Ministerio del Interior ante el Congreso de la República y que trae cambios sustanciales en la elección de congresistas, la institucionalidad electoral y las facultades que tiene la Procuraduría para destituir a los funcionarios elegidos por voto popular.

Sobre este último punto, el proyecto de reforma política le quita las facultades a la Procuraduría y dice que los electos solo podrán ser destituidos por una autoridad judicial, así queda establecido en el primer artículo: “Las limitaciones de los derechos políticos a los servidores públicos de elección popular solo podrán ser proferidas por una autoridad judicial competente.”

Este es un tema muy sensible, pues el presidente Gustavo Petro ha insistido en la necesidad de cumplir la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 8 de julio de 2020, que señala que una autoridad de carácter administrativo como la Procuraduría no puede afectar los derechos políticos de un funcionario elegido por voto popular.

Según el proyecto, esa facultad la tendrá un nuevo Tribunal Electoral que decidirá, previa acusación de la Procuraduría General de la Nación o de la Contraloría General de la República, sobre las sanciones disciplinarias o fiscales de funcionarios elegidos popularmente cuando impliquen separación temporal o definitiva del cargo e inhabilidades generales y especiales. “Deberá garantizarse siempre la doble instancia y las garantías procesales que se tienen en el proceso penal colombiano”.

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Algo llamativo de la iniciativa es que se reduce la edad mínima para ser congresista, si se aprueba el proyecto, cualquier colombiano mayor de 18 años podrá ser representante a la Cámara y para ser senador se exigirá tener 25 años. Además, pone un tope a la reelección de congresistas: “Nadie podrá ser elegido para más de dos (2) períodos consecutivos en cada una de las siguientes corporaciones: Senado de la República, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital o Municipal, o Junta Administradora Local.”

Adicionalmente, el proyecto señala que las organizaciones políticas tendrán un año desde la entrada en vigencia del acto legislativo para incluir en sus estatutos mecanismos democráticos de elección de candidaturas y directivas: “Los partidos que no cumplan con lo señalado en el presente artículo no podrán postular candidaturas”.

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Y lo anterior lo hace por una razón puntual y es que más adelante, en el proyecto, se establece en el artículo 11 que las listas al Congreso deben ser únicas, cerradas, bloqueadas y con alternancia entre hombre y mujer, cuyo número de integrantes no podrá exceder el de curules o cargos a proveer.

Así las cosas, la financiación de las campañas políticas será completamente estatal, es decir se termina la financiación por parte de particulares y se hará “bajo el sistema de anticipo del 50 % y el restante 50 % se realizará por reposición de votos.”

Finalmente autoriza el transfuguismo por una vez, es decir, que los congresistas puedan ser candidatos por un partido diferente al que los avaló sin que eso signifique que tengan que renunciar a su curul o incurrir en doble militancia.

Modificación a los organismos electorales

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El proyecto contiene un revolcón a las actuales autoridades electorales en todo sentido, desde su elección, hasta su conformación y competencias. Por un lado, se crea el Tribunal Electoral que asumirá las funciones más importantes del actual Consejo Nacional.

Escuche el podcast El Camerino:

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