El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 0173 de 2026, que crea un impuesto temporal al patrimonio para financiar la emergencia generada por la ola invernal y los eventos hidrometeorológicos extremos que golpearon a Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó.
La medida se adoptó tras la declaratoria de emergencia económica mediante el Decreto Legislativo 0150 de 2026, ante el impacto de un frente frío entre enero y febrero que superó las previsiones oficiales. La emergencia dejó afectaciones en infraestructura vial, redes eléctricas, acueductos, viviendas y servicios públicos esenciales. El Gobierno estimó un impacto fiscal de 8,3 billones de pesos, mientras que el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo dispone de apenas 668 mil millones, ya comprometidos.
El nuevo impuesto aplica a personas jurídicas y sociedades de hecho contribuyentes del impuesto sobre la renta que posean un patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT al 1 de marzo de 2026, equivalentes a $ 10.474.800.000 pesos. La tarifa general será del 0,50 %. Sin embargo, se fija una tarifa diferencial del 1,6 % para bancos, aseguradoras, comisionistas de bolsa y empresas del sector extractivo, especialmente dedicadas al petróleo y al carbón.
Quedan excluidas empresas del sector salud, compañías intervenidas por el Estado y empresas de servicios públicos ubicadas en municipios declarados en calamidad dentro de la zona afectada.
El impuesto se liquidará sobre el patrimonio bruto, menos deudas vigentes a esa fecha, y se pagará en dos cuotas iguales: el 1 de abril y el 4 de mayo de 2026. Los recursos tendrán destinación específica y exclusiva para atender la emergencia y mitigar sus efectos económicos y sociales.