El Ministerio del Trabajo anunció que acatará la decisión del Consejo de Estado de suspender provisionalmente los efectos del Decreto 234 del 6 de marzo de 2026, que establecía nuevas reglas para la negociación colectiva por niveles y permitía presentar pliegos que involucraran a sectores económicos completos o holdings empresariales.
La decisión del alto tribunal fue adoptada de manera provisional mientras avanza el proceso en el que se estudia la legalidad del decreto. Según explicó el Consejo de Estado, en esta etapa encontró, de manera preliminar, una posible contradicción con normas superiores relacionadas con las facultades reglamentarias del Gobierno y la reserva de ley en materia laboral.
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Frente a esta decisión, el Ministerio del Trabajo aseguró que, desde la notificación del auto, el decreto no produce efectos y, por lo tanto, las direcciones territoriales y demás dependencias de la entidad se abstendrán de aplicarlo.
La cartera también señaló que entregará las orientaciones necesarias para atender los trámites que actualmente se encuentren en curso y reiteró que continuará participando en el proceso judicial.
Sin embargo, el Ministerio hizo énfasis en que la suspensión provisional del Decreto 234 no significa que se suspenda el derecho de los trabajadores a la negociación colectiva.
Según la entidad, continúan vigentes el artículo 55 de la Constitución Política, las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo y los Convenios 87, 98 y 154 de la Organización Internacional del Trabajo.
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“La negociación colectiva sigue plenamente garantizada en Colombia. La constitución, el código sustantivo del trabajo y los convenios internacionales que protegen este derecho continúan vigente. Y hay algo en lo que quiero insistir, el diálogo social seguirá siendo nuestro camino”, señaló la ministra del Trabajo, Natalia López.
El Ministerio aseguró que las convenciones colectivas que ya están vigentes y las negociaciones que se adelanten bajo las reglas establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo mantienen su validez.
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La entidad también recordó que la decisión del Consejo de Estado es provisional y que no constituye un prejuzgamiento.
El decreto había sido impulsado por el gobierno de Gustavo Petro como una medida para fortalecer la negociación colectiva y permitir que las organizaciones sindicales negociaran en ámbitos más amplios que una sola empresa. La iniciativa había sido incluida inicialmente en la discusión de la reforma laboral, pero posteriormente fue retirada y adoptada mediante decreto.
La suspensión había sido solicitada dentro de las demandas presentadas por gremios empresariales, entre ellos la Andi, Fenalco, Acopi y la SAC, que cuestionaron que el Gobierno hubiera creado este mecanismo mediante decreto.
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