Carmen Ligia Valderrama, viceministra de Transporte, explicó en Mañanas BLU el alcance de la decisión de
Lo que hace la sentencia es declarar la nulidad exclusivamente de un párrafo de un artículo dentro de la ley, pero todo el sistema de fotodetección está vigente.
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Valderrama recalcó que lo que declaró la corte es que “si una persona diferente al propietario del vehículo va condiciendo y comete una infracción, al propietario no se le podía endilgar la responsabilidad”.
Enfatizó que en Colombia se permite que los sistemas de fotomultas existan como medida de control para que se puedan detectar las infracciones de tránsito.
La Corte Constitucional mantuvo la sentencia que establece que los dueños de los vehículos no deben ser solidariamente responsables por las fotomultas que cometen los conductores.
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Al alto tribunal había llegado una petición para tumbar esa norma, pero la confirmó con una votación de 8 a 1.
Escuche la entrevista completa en el siguiente audio.
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