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¿Por qué la canciller no estuvo en gira de Duque por Europa y Medio Oriente? Un decreto es la razón

La medida está en pie desde el pasado 27 de julio y se tomó por motivos de seguridad.

Marta Lucía Ramírez Foto Twitter mluciaramirez.jpg
Marta Lucía Ramírez /
Foto: Twitter @mluciaramirez

La prohibición aplica para la canciller, en el caso puntual de Marta Lucía Ramírez, porque el presidente Duque la designó en ambos cargos y en cumplimiento de este decreto, la jefe de la diplomacia colombiana no lo acompañó a la gira internacional que incluía la asistencia la COP26, reuniones con presidentes de Francia e Israel, entre otros eventos de carácter diplomático.

La medida está en pie desde el pasado 27 de julio y se tomó por motivos de seguridad. El principal argumento es que cómo remplazo del presidente en funciones fundamentales a nivel ejecutivo, la vicepresidenta no puede hacer los traslados nacionales e internacionales junto al presidente.

“Todos los desplazamientos que adelanten el presidente de la República y el vicepresidente de la República a nivel nacional e internacional deberán hacerlo por separado, independientemente de los medios de transporte que utilicen”, dice el primer artículo del decreto.

Además, la norma que firmaron el presidente Duque y el ministro de Defensa, dice que los esquemas de seguridad de ambos deben funcionar de manera independiente y que Casa Militar y la Jefatura para la Protección Presidencial, en coordinación con las Fuerzas Militares y la Policía deben disponer de los medios de transporte y protocolos necesarios para que los traslados sean por separado.

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Y aunque el decreto deja claro que la vicepresidenta no puede salir del país si el presidente está en otra nación, asegura que sólo podría pasar cuando el presidente lo autorice “expresamente” por razones excepcionales.

“Parágrafo 2. Con el fin de garantizar los principios constitucionales considerados y de mantener las condiciones de seguridad, el vicepresidente de la República no podrá salir del país cuando el Presidente de la República se encuentre fuera del territorio nacional, salvo que éste, por razones excepcionales de necesidad, lo autorice expresamente”.

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Otro punto que hace excepciones a la medida dice que en caso de que sea necesario que ambos funcionarios asistan al mismo evento “se adoptarán medidas tendientes para que no estén presentes de manera simultánea en el mismo lugar, y la llegada y salida se lleven a cabo por separado”.

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