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Prestar servicio en la Policía: las ventajas de la institución para definir su situación militar

“El principal beneficio es servir a los demás y proyectar una carrera muy especial”, dijo el coronel Nicolás Zapata, director de Incorporación de la Policía.

Servicio militar en la Policía
Servicio militar en la Policía
Foto: suministrada

El coronel Nicolás Alejandro Zapata Restrepo, director de Incorporación de la Policía Nacional, habló sobre los beneficios que tienen los jóvenes que deciden prestar su servicio militar en la institución. Las declaraciones se dieron en el el marco de intervención a Bogotá.

“Definan su situación miliar en nuestra Policía Nacional. El principal beneficio es servir a los demás y proyectar una carrera muy especial”, indicó el oficial.

Según el coronel Zapata, otros beneficios son los servicios médicos, capacitación, crecimiento personal y espiritual, así como la bonificación mensual que se recibe que corresponde al 30% de un salario mínimo mensual vigente.

Otra ventaja de prestar servicio en la Policía es que al cumplir un año de servicio, se tiene derecho a un permiso con un apoyo económico para transporte, equivalente al 30% de un salario mínimo legal vigente.

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Adicionalmente, el tiempo de servicio le será computado para efectos de cesantías, pensión de jubilación de vejez, pensión de invalidez, asignación de retiro y prima de antigüedad en los términos de ley.

Conozca los requisitos para poder cumplir el servicio militar en la Policía:

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-Ser colombiano.

-Mayor de edad y hasta faltando 1 día para cumplir los 24 años de edad, al momento de ingresar al servicio militar o los que determine la ley.

-Soltero y sin hijos.

-No haber sido condenado a penas privativas de la libertad.

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-No tener antecedentes disciplinarios o fiscales.

-No estar incurso en indagaciones o investigaciones en materia penal, disciplinaria o fiscal.

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-No tener multa pendiente derivada de la imposición de una medida correctiva en el ámbito de los comportamientos contrarios a la convivencia, de conformidad con lo estipulado en la Ley 1801 de 2016.

-Para aspirantes bachilleres, acreditar el respectivo título de bachiller.

Puede consultar más información en la página oficial de la Policía Nacional.

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