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Reforma al Código Electoral era una modificación necesaria para el país: representante César Lorduy

La reforma al Código Electoral se cayó en la Corte Construccional por vicios de trámite en el Congreso de la República; el proyecto causó gran polémica en varios sectores.

278581_Blu Radio. Juicio / Foto de referencia
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La Corte Constitucional, con una votación de seis magistrados a favor y tres en contra, tumbó este jueves la reforma al Código Electoral por vicios de trámite en el Congreso de la República. Dicha reforma fue una propuesta del registrador Alexander Vega, la cual generó toda una polémica en varios sectores del país.

Justamente, los cuestionamientos se derivaron luego de que el proyecto fuera discutido sin mayores tiempos y aprobado al final de un periodo de sesiones extraordinarias. En este sentido, uno de los ponentes de la ley, el representante César Lorduy, se mostró en acuerdo con lo que establece la Constitución para la aprobación de normativas.

“En eso estoy de acuerdo. La Constitución es muy clara, las leyes estatutarias se aprueban en una sola legislatura y esta no incluye las sesiones extra”, comentó en Mañanas BLU. Sin embargo, lamentó que la corte tumbara la reforma, pues considera que era “necesaria para el país”.

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“No fue todo el código, fueron unos punticos (…) Pero es más lo positivo, alrededor de 275 artículos aprobados; tiene puntos que pueden ser objeto de críticas. Haber hecho una modificación de una normatividad que tenía más de 100 años de existencia, definitivamente, era una modificación necesaria para el país”, dijo.

Según detalló el representante Lorduy, dentro de los artículos que contemplaba la reforma al Código Electoral estaban los de paridad de género, mecanismos para votar, que tenía la opción de remoto, revocatoria de mandatarios, registro civil, “pero otros puntos de herramientas electrónicas quedaron ahí y son muy útiles”.

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El Gobierno había convocado sesiones extras, entre el 17 y el 19 de diciembre de 2021, para que en el Senado de la República pudiera terminar la discusión del proyecto y su posterior conciliación y votación en las plenarias.

Entre las normas que se destacaban, se establecía la obligatoriedad de la paridad de género a la hora de conformar listas de candidatos para cuerpos colegiados. Para aspirar a cinco o más cargos las listas deberían estar integradas en un 50 % por mujeres.

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