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Reforma tributaria: reviviría artículo que endurece multas a quienes manejen bajo efectos de drogas

De ser aprobado y se vuelve a incluir en la reforma tributaria, los conductores serían sancionados con una multa equivalente a 1.440 salarios mínimos diarios, que serían más de 43 millones de pesos.

26961_BLU Radio // Referencia de carro // AFP
BLU Radio // Referencia de carro // AFP

A través de una proposición, podría revivirse un artículo en la reforma tributaria que busca endurecer las amonestaciones a los conductores que estén en estado de alicoramiento o bajo el efecto de cualquier sustancia psicoactiva con una multa que superaría los 40 millones de pesos.

Se trata del artículo 60, que había sido eliminado en el primer debate de esta reforma tributaria en las comisiones económicas conjuntas del Congreso. Según la proposición del senador Juan Samy Merheg, se menciona que se establezcan “las pruebas para la determinación de la presencia de drogas, sustancias estupefacientes, alucinógenas o hipnóticas”.

En otro aparte de este apartado, se señalan las sanciones que se implementarían para las personas que sean capturadas bajo cualquiera de estos dos estados.

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“La sanción por la presencia de drogas, sustancias estupefacientes, alucinógenas o hipnóticas en el organismo, correspondan a las establecidas para el tercer grado de embriaguez”, explica el documento.

Cabe señalar que si se revive, posteriormente se aprueba este artículo y se vuelve a incluir en la reforma tributaria, los conductores que sean sorprendidos bajo los efectos del alcohol o bajo el efecto de cualquier sustancia psicoactiva, serían sancionados con una multa equivalente a 1.440 salarios mínimos diarios, que serían más de 43 millones de pesos, esto siempre y cuando sea reincidente y por tercera vez sea amonestado por estos hechos.

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