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Tribunal suspende provisionalmente al secretario general de la Asamblea de Santander

El Tribunal desestimó varias acusaciones por vicios, publicidad y transparencia en el proceso de elección del secretario, pero decidió medida cautelar por la entidad que hizo la selección.

Salón de la Asamblea de Santander.
Salón de la Asamblea de Santander.
Foto: Asamblea.

El Tribunal Administrativo de Santander aceptó la demanda y decidió imponer medida cautelar de suspensión provisional contra el secretario general de la Asamblea de Santander porque en el procedimiento de selección de ese cargo se habrían incurrido en diversas irregularidades y arbitrariedades, como por ejemplo que, en la elección del Secretario General, se contrató directamente con la Confederación Nacional de Asambleas y Diputados de Colombia (Confadicol), entidad que no tiene la calidad de institución educativa, así como no cuenta con acreditación de alta calidad.

“Resuelve primero. Admitir la demanda de nulidad electoral instaurada por el señor Oscar Javier Arias Ferreira, con el fin de obtener la nulidad del acto administrativo electoral contenido en el Acta de Sesión No. 0003 del dieciséis (16) de enero de dos mil veinticuatro (2024), por medio del cual se designó al señor Jorge Arenas Pérez, como secretario general de la Asamblea Departamental de Santander para el período 2024; para ser tramitada en primera instancia”, dice el documento del Tribunal Administrativo de Santander.

Resuelve 2 Asamblea de Santander.

Según el documento la elección del secretario general de las Asambleas Departamentales debe ser efectuada conforme a las reglas fijadas en la Ley 1904 de 2018; normativa que, en el artículo 5, c que se faculta a la mesa directiva (en este caso de la Asamblea Departamental aplicado por analogía), para que contrate a una universidad pública o privada, con acreditación de alta calidad, con quien se deberá suscribir contrato o convenio a fin de adelantar la convocatoria pública. A demás de hacer la publicación y convocatoria necesarias en los tiempos estipulados por la ley.

“La Confederación Nacional de Asambleas y Diputados de Colombia (Confadicol), no cumplía con el estándar de idoneidad y, por lo tanto, no podía ser el operador logístico de la convocatoria pública que culminó con la elección del señor Jorge Arenas Pérez como secretario general de la Asamblea Departamental de Santander para el período 2024; como quiera que el artículo 5 de la Ley 1904 de 2018, establece el imperativo que la convocatoria debe ser administrada por una institución educativa superior con alta acreditación de calidad”, explica el documento.

Resuelve 1 Asamblea de Santander.