EPS intervenidas deben priorizar pagos a hospitales públicos a la hora de gestionar giros directos
El ministerio insiste en que busca incrementar la liquidez inmediata de los hospitales públicos, especialmente de las Empresas Sociales del Estado.
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A través de la circular externa 003 de 2026, el Ministerio de Salud ordenó a las EPS intervenidas o las que están bajo una vigilancia especial priorizar a los hospitales públicos en la postulación mensual del mecanismo de giro directo.
Estas entidades, al momento de presentar ante la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, ADRES, su plan para el giro directo mensual, deberán garantizar que la red pública hospitalaria tenga prioridad en la asignación de recursos. El no cumplir la instrucción puede llevar a sanciones.
“En caso de detectarse incumplimiento, la ADRES, en cumplimiento de las funciones de control y seguimiento para el giro directo establecidas en el Decreto 489 de 2025, devolverá la postulación correspondiente y requerirá a las EPS intervenidas para efectos de que la reformulen en un plazo no superior a tres días hábiles”, dice la circular.
El argumento detrás de la circular es la de garantizar el derecho a la salud y responder a las advertencias de la Corte Constitucional que ha insistido en que no basta con expedir normas, sino que debe velar por un flujo real y oportuno de recursos para una prestación efectiva y continúa de los servicios de salud, algo que no se está cumpliendo con las altas deudas y el desbalance, dice el ministerio, en la entrega de recursos.
Pero también, esta circular retoma observaciones recientes de la Contraloría General de la República y decisiones judiciales que han señalado que el mecanismo de giro directo no ha logrado corregir de manera suficiente los problemas de liquidez del sistema y que ha beneficiado en mayor proporción a prestadores privados, mientras la red pública hospitalaria continúa enfrentando altos niveles de deuda y dificultades financieras.
El Ministerio insiste en que busca incrementar la liquidez inmediata de los hospitales públicos, especialmente de las Empresas Sociales del Estado, que cumplen una función estratégica en la atención de poblaciones vulnerables y en territorios donde la oferta privada es limitada y al tratarse de EPS intervenidas, el Estado cuenta con un mayor margen de dirección y control de los recursos.