Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Nueva EPS tendrá 60 días para ponerse al día con los fallos de tutela: Corte Suprema

Dio 60 días para que el agente interventor de Nueva EPS, junto con la SupeSalud, el MinSalud y la Presidencia diseñen una estrategia que permita cumplir de manera gradual las órdenes judiciales.

Nueva EPS
Nueva EPS
Foto: Nueva EPS

La Sala de Tutelas de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ordenó la adopción de un plan para superar el incumplimiento de fallos de tutela por parte de Nueva EPS. La decisión establece un plazo máximo de 60 días para que la entidad, junto con el agente interventor, la Superintendencia Nacional de Salud, el Ministerio de Salud y la Presidencia de la República, definan una estrategia que garantice el cumplimiento gradual de las decisiones judiciales que buscan proteger los derechos fundamentales de los usuarios.

Según explicó el alto tribunal, el propósito es atender las órdenes de los jueces relacionadas con la prestación de servicios de salud y la entrega de medicamentos que no han sido suministrados a los pacientes. La Corte indicó que, dentro del plan, deberá priorizarse la atención de personas en estado grave o de inminente riesgo, así como de quienes requieren especial protección constitucional.

nueva eps.png
Pacientes de Nueva EPS.
Foto: archivo Blu Radio.

La decisión se originó tras estudiar una tutela presentada por Salomé Henao González, quien se desempeñó como gerente regional norte de Nueva EPS y aseguró haber sido objeto de múltiples incidentes de desacato por incumplimientos de la entidad. De acuerdo con la Corte, en su contra existían decisiones emitidas por 481 despachos judiciales, que representaban 3.853 días de arresto y multas por más de 9.131 millones de pesos.

En el fallo, la Sala tuteló sus derechos al debido proceso, la libertad y la dignidad humana, y ordenó dejar sin efectos las sanciones de multa y arresto, así como los procesos de cobro derivados de esos desacatos. Además, señaló que, una vez se reconoció judicialmente la existencia de una falla estructural en Nueva EPS, otros funcionarios que enfrenten situaciones similares podrán acudir ante los jueces para solicitar el levantamiento de los respectivos incidentes de desacato.

No obstante, la Corte Suprema aclaró que esta decisión no exime al Estado de su responsabilidad constitucional como garante del derecho fundamental a la salud. Por el contrario, reiteró que, al tratarse de una entidad intervenida y declarada en crisis funcional y financiera, corresponde a las autoridades garantizar el acceso efectivo a los servicios de salud ordenados por los jueces y asegurar el cumplimiento de las sentencias de tutela.

Publicidad

Publicidad

Publicidad