Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

¡Ojo! Estos son los protocolos en centrales de abastos y plazas de mercado

El objetivo es disminuir el riesgo de trasmisión del coronavirus en el desarrollo de las actividades.

Desinfección Corabastos // Foto: MinAgricultura
Desinfección Corabastos // Foto: MinAgricultura

El Ministerio de Salud anunció las medidas generales de bioseguridad que deben adoptar los accionistas, comerciantes, arrendatarios, trabajadores, usuarios, clientes, transportadores y público en general que asiste a desarrollar sus labores comerciales o laborales en las centrales de abastos y en plazas de mercado.

Esto con el fin de disminuir el riesgo de trasmisión del coronavirus en el desarrollo de las actividades.

Las medidas de las centrales de abastos y plazas de mercado

- Evitar la aglomeración de los trabajadores, comerciantes, proveedores, clientes y los visitantes al interior de estos establecimientos, adoptando restricciones de ingreso de acuerdo con el número de cedula, modificación de horarios de funcionamiento, entre otras.

Publicidad

- Solicitar el acompañamiento de la Policía Nacional y las autoridades competentes para ejercer el control de las medidas establecidas.

-Hacer seguimiento y aplicar las sanciones que se tienen estipuladas a propietarios o administradores de bodegas, establecimientos comerciales, puestos de venta y transportadores que incumplan las medidas adoptadas a través de este protocolo.

Publicidad

- Prohibir las ventas ambulantes de alimentos, productos de tabaco y bebidas, así como el consumo y expendio de bebidas alcohólicas y tabaco al interior de las instalaciones.

- Identificar los trabajadores con morbilidades preexistentes susceptibles a los efectos del contagio de COVID-19.

  • Realizar toma rutinaria de temperatura al inicio de la jornada laboral y al finalizar la misma. Esta información deberá ser registrada por escrito en un formato que para tal fin se implemente.
  • Prohibir el ingreso de menores de edad y adultos mayores de 70 años siempre que no se encuentren dentro de las excepciones previstas por el artículo 2 de la Resolución 464 de 2020.

Recordar a los transportadores que antes del cargue y descargue de mercancías es necesario realizar la desinfección de superficies del vehículo como volante, manijas, palancas de cambios, sillas, cabina de almacenamiento o plataforma.

En la resolución, además, se encuentran las medidas adicionales para los diferentes sectores involucrados en las centrales de abastos y plazas de mercado.

Publicidad

 

  • Publicidad