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Procuraduría deberá pagar millonaria indemnización a Piedad Córdoba

La Procuraduría deberá indemnizar a la parlamentaria por los daños ocasionados con el pago de los salarios que dejó de recibir.

145558_"Una paz completa significa una paz con el ELN, es también la derrota del paramilitarismo y todas las instituciones criminales": Piedad Córdoba / Foto: AFP
"Una paz completa significa una paz con el ELN, es también la derrota del paramilitarismo y todas las instituciones criminales": Piedad Córdoba / Foto: AFP

Una vez se conoció la decisión de la Sala Plena del Consejo de Estado quien acogió la ponencia que presentó el magistrado William Hernández en la que pedía anular la destitución de 18 años proferida contra la exsenadora Piedad Córdoba por colaborar y promover al grupo armado ilegal de las Farc.

 

El presidente del Consejo de Estado reveló detalles del fallo y anunció que la Procuraduría deberá entonces indemnizar a la parlamentaria por los daños ocasionados con el pago de los salarios que dejó de recibir entre el 3 de noviembre de 2010 día en que fue separada de su curul y el 19 de julio de 2014 día en que finalizó su período legislativo.

 

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Aunque la suma no ha sido calculada, se conoce que cada congresista recibe un sueldo mensual de 28 millones de pesos y para la época de los hechos era de 23 millones de pesos, por lo que se presume serían más de mil millones de pesos los que deberán ser pagados a la excongresista. (Vea también: El fallo es un acto de paz; la historia me absolverá: Piedad Córdoba).

 

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La decisión del Ministerio Público fue proferida en septiembre 2010 y se dio con base en los documentos que incautó el Ejército durante la operación fénix que tuvo lugar en Ecuador.

 

 Los cuales daban cuenta de presuntos vínculos de la entonces senadora con grupos al margen de la Ley.

 

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La Sala Plena estudió el caso y encontró que son ilegales todas las pruebas recaudadas en dicha operación militar puesto que en su práctica y recolección no se tuvieron en cuenta los requisitos legales esenciales que contemplan el ordenamiento jurídico colombiano, ni el acuerdo de cooperación e intercambio judicial suscrito entre Colombia y Ecuador para esos efectos.

 

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"La Procuraduría vulneró el derecho fundamental al debido proceso de la accionante, al considerar como pruebas válidas dentro del proceso disciplinario las practicadas y recaudadas durante la operación fénix las cuales se consideran inexistentes", explicó el presidente del Consejo de Estado.

 

El fallo también señala que las otras pruebas utilizadas por la Procuraduría para sancionar a la excongresista son noticias que únicamente sirven para determinar el registro de un hecho pero no se le puede dar valor probatorio como lo sostiene la jurisprudencia del Consejo de Estado.

 

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"Es un hecho notorio suficientemente conocido por el país que Piedad Córdoba ha sido una fuerte opositora de los últimos gobiernos y además dirigente de la organización Colombianos por la Paz. También ha sido evidente su empeño en buscar mecanismos para que liberen a las personas secuestradas por las Farc, razón por la cual el expresidente Álvaro Uribe Vélez a mediados de 2009 autorizó a la senadora para participar con el comité internacional de la Cruz Roja en la liberación de 24 personas secuestradas. En el mismo sentido en el mes de diciembre de 2010 el presidente Juan Manuel Santos autorizó a la política para que participara activamente en la liberación de las personas que todavía se encontraban secuestradas en poder de las Farc", detalla la decisión.

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