El alto tribunal decidió revocar una sentencia proferida el 18 de julio de 2014 en la que se ordenaba la reubicación de sus pobladores, ya que dicha zona era considerada de alto riesgo.
Sin embargo, el Consejo de Estado prohibió que se continuara con dichos desalojos hasta tanto no se les garantizara a estas familias el acceso a una vivienda digna.
De acuerdo con el magistrado ponente, José Roberto Serrato, a estas 500 familias ubicadas en los barrios Marlinda y Villagloria se les estaba vulnerando el derecho al goce del espacio público, a un medio ambiente sano, entre otros.
Por dicha razón, le dio un plazo de cuatro años al Distrito de Cartagena para que garantice el acceso a una vivienda digna a través de la construcción de viviendas dotadas de todos los servicios públicos domiciliarios, y ubicadas a no más de 2 kilómetros de la orilla del mar.
“Reubicar a cada una de las familias asentadas en dichos sectores, en viviendas dignas, construidas para ese fin y dotadas de todos los servicios públicos domiciliarios, las cuales deberán ser construidas en un predio ubicado a no más de dos (2) kilómetros del litoral”, señala el texto.
Finalmente, el alto tribunal ordena al Distrito adelantar la reubicación con base en los datos obtenidos en el censo de la Secretaria de Participación y Desarrollo Social del año 2013 con el fin de que las personas que no se encuentren allí, no sean beneficiadas con las viviendas gratuitas.