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¿Endeudado con Bogotá? Conozca cómo podrá acogerse a un 50 % de descuento para pagar

Es importante que tenga en cuenta que las obligaciones tributarias causadas a partir del 13 de diciembre de 2022 seguirán siendo liquidadas con el 100 % de la tasa de interés moratoria establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario.

Economía - dinero
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Foto: reddecuidadociudadano.gov.co

La Alcaldía Mayor de Bogotá informó este jueves, 16 de marzo, que los ciudadanos que residen en la capital podrán acogerse a un 50 % de descuento en los intereses de las deudas que tengan de diferentes impuestos. Tenga en cuenta que esto es temporal.

Según informó la Alcaldía, la Secretaría Distrital de Hacienda adoptó las medidas tributarias transitorias que le permiten disminuir en 50 %, de manera temporal, la tasa de interés moratoria para los contribuyentes que tienen deudas de impuestos con Bogotá.

¿Qué condiciones debe tener en cuenta para aplicar?

La única condición que impone la ley 2277 de 2022 es que debe pagarse la totalidad de la deuda a más tardar el 30 de junio de 2023.

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¿Qué obligaciones cubre?

Esta medida incluye todas las obligaciones vencidas antes del 13 de diciembre de 2022, de cualquiera de los impuestos distritales:

  • Predial
  • Vehículos
  • ICA
  • ReteICA
  • Sobretasa a la gasolina
  • Delineación urbana y los demás que recauda la ciudad.

¿Cómo acceder aplicar a este beneficio?

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Los contribuyentes que quieran acceder a este beneficio tributario podrán ingresar con su clave y contraseña a la Oficina Virtual de la Entidad, en: https://nuevaoficinavirtual.shd.gov.co/bogota/es/login, luego entrar a Consultas/Obligaciones Pendientes y generar su recibo de pago del impuesto que requieran.

Para el caso de ICA y ReteICA, deberán hacerlo por este enlace: https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html.

En la página web, los ciudadanos encontrarán toda la información detallada de como hacer el pago por la Oficina virtual.

Además, la directora distrital de Cobro, Karem Conde, invitó a los bogotanos que tienen obligaciones tributarias pendientes con el Distrito a que se pongan al día y aprovechen esta reducción de 50 % en los intereses sobre las deudas tributarias.

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Es importante que tenga en cuenta que las obligaciones tributarias causadas a partir del 13 de diciembre de 2022 seguirán siendo liquidadas con el 100 % de la tasa de interés moratoria establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario.

“Asimismo, recordamos a los ciudadanos que las comunicaciones que se envían por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) son informativas y que todos los trámites son gratuitos, no requieren de intermediarios y que los pagos se deben efectuar por la Oficina Virtual o las ventanillas de los bancos, abonando en cuentas de la Secretaría”, finalizó el comunicado de prensa dado a conocer por la alcaldía.

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