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Liberan a cinco presuntos integrantes de la Primera Línea en Bucaramanga

El Juzgado 8 de Bucaramanga determinó que al dar aplicación a la Ley 1908 de 2018, se habrían vulnerado de manera flagrante los derechos a la defensa y al debido proceso.

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Primera Línea
Foto: AFP

Cinco jóvenes que al parecer hicieron parte de a denominda “Primera Línea” en las protestas sociales del año 2021 que se realizaron en Bucaramanga identificados como Luis Hernando Martínez Rodríguez, Janner Eduardo Carreño Barbosa, Sneider Jesús Florez Sanabria y William Alexis Heredia Barajas y además un quinto jóven al que aún no se le ha terminado la audiencia, quedaron en libertad por decisión del Juzgado 8 penal del circuito de Bucaramanga que revocó la decisión proferida por el juzgado 9 penal municipal de garantías.

“Fuero cinco jóvenes que estaban privados de la libertad desde junio del año pasado, procesados de manera injusta por haber participado en hechos en el marco de la protesta social, hoy un juez en decisión de segunda instancia consideró que el tiempo había transcurrido de prorroga de la medida de aseguramiento ya había transcurrido y por lo tanto les dio la libertad”, dijo Leonardo Jaimes, abogado del Equipo Jurídico Pueblos.

El Juzgado 8 determinó que -en efecto- al dar aplicación a la Ley 1908 de 2018, se vulneraron de manera flagrante los derechos a la defensa, al debido proceso, a la legalidad y a la lealtad procesal.

“Se trata de jóvenes de bajos recursos, de estratos populares y esto es una gran noticia para sus familias, uno de ellos es estudiante de la Universidad Industrial de Santander, UIS, estudiante de filosofía, y creemos que esto es un gran logro porque se estaba cometiendo un gran acto de injusticia. Nosotros creemos como abogados que hay elementos probatorios para demostrar que se trata de montajes judiciales y por eso esta noticia del juez es algo justa, debo aclarar que el proceso continúa y nosotros como abogados vamos a continuar en la defensa de estos jóvenes”, agregó Jaimes.

El juzgado consideró, además, que en el presente caso no se está ante un GDO, y por tal razón debía darse aplicación a la regla general, que señala que la privación preventiva de la libertad no puede exceder de un año, término que ya se encontraba cumplido.

“La libertad para los jóvenes ya es un tema de trámite y dentro de pocas horas serán dejados en libertad. En este proceso ya se habían nombrado dos gestores de paz y algunos de ellos continuaban privados de la libertad, algunos de ellos en prisión domiciliaria y en el caso de James se encontraba en la Estación Norte de la Policía en la ciudad de Bucaramanga en condiciones de hacinamiento. Este proceso fue muy famoso a nivel nacional porque en junio fueron capturadas varias personas, once personas de las cuales los únicos que estaban y los únicos que estaban con medida intramural y domiciliaria eran los que este juez hoy decidió su libertad”, aclaró Jaimes.

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