Empleadores deberán pagar prima a trabajadores domésticos antes del 30 de junio
La prima corresponde a la mitad del salario mensual por el semestre trabajado.
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La ministra de Trabajo, Griselda Restrepo, recordó a los empleadores y demás personas que empleen trabajadores domésticos que, antes que termine junio, deberán pagar la prima de servicios, que, según la Ley 1788 de 2016, corresponde a la mitad del salario mensual por el semestre trabajado.
En el grupo de trabajadores domésticos se encuentra toda persona natural que presta sus servicios a los hogares en tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, jardinería, conductor de familia y trabajadores de finca, entre otros.
Cabe señalar que la multa por el no pago de la prima de servicios a un empleado doméstico es la misma que se aplica para cualquier trabajador en el país.
Dicha multa, contemplada en el Código de Trabajo, señala que la sanción por la mora en el pago de la prima corresponde a un día de salario por cada día de retardo.
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