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Nuevo dolor de cabeza para personas que reciban herencia; les subiría pago obligatorio

Este martes se revelaron nuevos detalles de la nueva reforma tributaria que presentará el Gobierno Petro.

Herencia y ganancia ocasional
Herencia y ganancia ocasional
Foto: Pexels y Getty

El panorama tributario en Colombia podría complicarse para aquellos que esperan recibir una herencia, legado o donación, después de que se conocieran detalles de la nueva reforma tributaria que impulsará el Gobierno Petro.

El portal especializado en análisis económico Valora Analitik fue el encargado de revelar los detalles de la propuesta que contempla, entre otros temas, un incremento en el impuesto a las transacciones financieras, y a las ganancias ocasionales, tales como herencias y legados.

Cómo funcionarían herencias con nueva tributaria


La propuesta sugiere un aumento en la tarifa única sobre las ganancias ocasionales, aplicable a las sociedades anónimas y limitadas, elevándola del 15 % al 20 %, lo que indica que aquellos herederos y beneficiarios de legados, pasarían a pagar más por este impuesto si se llegara a aprobar ese borrador de la reforma tributaria.

De acuerdo con el artículo 302 del Estatuto Tributario, se consideran ganancias ocasionales aquellas que provienen de herencias, legados, donaciones o cualquier otro acto jurídico celebrado inter vivos a título gratuito, incluyendo la porción conyugal recibida.

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Una vez conocida la noticia, el Ministerio de Hacienda desmintió que desde el Gobierno nacional se pretenda modifica o ajustar este impuesto. Asimismo, aseguraron que "a la fecha no existe un documento oficial que desarrolle los puntos que se presentarán ante el Congreso de la República con la Ley de Financiamiento".

Y, además, aclararon que "el equipo técnico de la entidad y expertos en temas de impuestos se encuentran en el proceso de redacción del Proyecto de Ley de Financiamiento en línea con el Presupuesto General de la Nación de 2025".

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Exenciones de las herencias


Actualmente, existen algunas exenciones que alivian la carga tributaria sobre las ganancias ocasionales. Por ejemplo, las primeras 3.250 UVT del valor de las herencias o legados que reciban el cónyuge supérstite y cada uno de los herederos están exentas del impuesto.

Además, el 20 % del valor de los bienes y derechos recibidos por personas diferentes de los legitimarios y/o el cónyuge supérstite también está exento, siempre que no supere las 1.625 UVT.

Cabe recordar que la UVT es la Unidad de Valor Tributario, que es una medida utilizada para poder de calcular impuestos, tarifas y multas en Colombia, y que para este 2024 corresponde a la suma de 47.065 pesos.

Además, la Dian aclara que el valor patrimonial de los bienes, según lo reportado por el causante a 31 de diciembre del año anterior a la liquidación de la sucesión, establece la base para el cálculo del impuesto.

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Este valor se determina de manera diferente dependiendo del tipo de bien; por ejemplo, los vehículos se tasan según su avalúo comercial, mientras que los bienes inmuebles se calculan sobre el mayor valor entre el costo de adquisición, el costo fiscal, el autoavalúo, o el avalúo catastral.

En pocas palabras, el aumento propuesto en la tarifa del impuesto a las ganancias ocasionales podría representar un nuevo dolor de cabeza para las personas que esperan recibir una herencia, ya que tendrían que destinar una mayor parte de esos recursos al pago de impuestos.

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