
El anuncio de la reforma pensional en Colombia había generado una alta expectativa, especialmente entre los trabajadores con contrato de prestación de servicios.
Durante varios meses se creyó que la Ley 2381 de 2024 permitiría que los contratantes fueran los responsables de cubrir los pagos al sistema de seguridad social, como ocurre con los contratos laborales tradicionales en el país.
Sin embargo, una norma reglamentaria habría bajado de la nube a muchos.
¿Qué pasó con las promesas a los contratistas?
El artículo 21 de la nueva ley planteaba que el contratante debía asumir los aportes al Sistema Integral de Protección Social para la vejez, invalidez y sobrevivencia, descontando del pago al contratista el monto correspondiente.
Para muchos ciudadanos esto fue recibido como una victoria, ya que obligaría a las empresas a facilitar el proceso de pago de salud y pensión, evitando trámites engorrosos y retrasos frecuentes para quienes trabajan bajo esta modalidad.
No obstante, el decreto 514 de 2025, expedido por el Ministerio del Trabajo para reglamentar la ley, aclaró que esta obligación no será automática.
Publicidad
Según el artículo 2.2.4.18.7, solo si ambas partes lo acuerdan, el contratante podrá encargarse del proceso de cotización.

Esto significa que no existe una obligación legal para que la empresa haga los aportes directamente.
Publicidad
En caso de que no haya acuerdo, será el contratista quien deba seguir haciéndose responsable del pago, como lo ha venido haciendo hasta ahora, mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
La reforma dejó viendo un chispero: promete más de lo que da
Este punto ha generado frustración entre los trabajadores independientes, quienes esperaban que su forma de contratación finalmente contara con un respaldo institucional.
Con el decreto, en la práctica, nada cambia: el contratista seguirá recibiendo el 100 % de su pago y deberá asumir por su cuenta el valor de la salud y pensión.
A esta desilusión se suma que la entrada en vigencia de la reforma pensional está en pausa.
La Corte Constitucional encontró vicios de trámite en su aprobación y devolvió el proyecto a la Cámara de Representantes.
Por lo tanto, el Gobierno deberá convocar sesiones extraordinarias en el Congreso para intentar resolver este escollo jurídico.
Por ahora, el nuevo sistema mixto propuesto —en el que quienes ganan igual o menos de 2,3 salarios mínimos cotizarán a Colpensiones, y el excedente irá a fondos privados— no será aplicado hasta que se supere este obstáculo legal.