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CNE no ha sido notificado por Corte Constitucional de suspensión del proceso contra Petro

Para el CNE, aunque se conoce un comunicado emitido por la Sala Plena de la Corte en las últimas horas, estos comunicados no son vinculantes jurídicamente.

El presidente Gustavo Petro y de fondo el logo del CNE.
El presidente Gustavo Petro ha reiterado que el CNE no puede investigarlo.
Foto de Gustavo Petro: AFP // CNE

Luego de que la Corte Constitucional decretase la suspensión de los efectos de la decisión proferida por la Sala de Consulta y Servicio Civil que avala la competencia del CNE para investigar al Presidente Petro y ordenó suspender el proceso administrativo que la autoridad electoral adelanta contra el Primer Mandatario por presuntas irregularidades en la financiación de la campaña Petro Presidente 2022, la gran incertidumbre era sobre el estado avanzado de la investigación y su futuro.

Fuentes del CNE aseguraron a BLU Radio que los magistrados investigadores Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz aún no han sido notificados formalmente y procesalmente por parte de la Corte Constitucional de la suspensión del proceso que ya finalizó la etapa probatoria.

Y es que para el CNE, aunque se conoce un comunicado emitido por la Sala Plena de la Corte en las últimas horas, estos comunicados no son vinculantes jurídicamente, por lo que se debe expedir el Auto con la decisión y ser remitida oficialmente al CNE para que tenga validez y se pueda suspender el proceso en lo que atañe al jefe del Estado.

Consejo Nacional Electoral (CNE).jpg
Consejo Nacional Electoral (CNE) //
Foto: Facebook CNE

Señalan las fuentes que los magistrados esperarán un tiempo prudencial para ser notificados por la Corte y así decidir si dan traslado para alegatos finales solamente a los otros seis actores investigados (el exgerente de la campaña y presidente de Ecopetrol Ricardo Roa, la tesorera Lucy Aydeé Mogollón Alfonso; los auditores María Lucy Soto y Juan Carlos Lemus; y los partidos Colombia Humana y Unión Patriótica) o si también incluyen al Primer Mandatario.

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