“El registro es un deber que deben cumplir todas las personas naturales o jurídicas que tengan bases de datos. Sin embargo, por temas de validación ante el registro, por temas operativos, la habilitación del registro la realizó la Superintendencia en dos etapas”, dijo.
La primera etapa comenzó el 9 de noviembre de 2015 para todas las personas jurídicas registradas ante las Cámaras de Comercio.
“Estas personas tenían un año para poder registrar sus bases de datos, así lo decía la reglamentación del régimen general de protección de datos personales, ese año vencía el 9 de noviembre de 2016”, explicó.
Caviedes dijo que se recibieron una serie de solicitudes en la Superintendencia, pues el “porcentaje de empresas que habían cumplido con su deber de registrar su base de datos era ínfimo”.
“Estábamos por debajo del 20 por ciento”, enfatizó.
Teniendo en cuenta esta situación, el Gobierno Nacional tomó la decisión de ampliar el plazo hasta el 30 de junio de 2017.
Quienes deben cumplir con la obligación
Todas las personas jurídicas de naturaleza privada registradas ante las Cámaras de Comercio y las sociedades de economía mixta.
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